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Perú aún lucha contra el trabajo forzoso a 168 años de abolir la esclavitud

El delito de trabajo forzoso, que fue renovado en 2017 e incluido en el Código Penal peruano, comprende condenas de 6 a 12 años de prisión para aquel que
El delito de trabajo forzoso, que fue renovado en 2017 e incluido en el Código Penal peruano, comprende condenas de 6 a 12 años de prisión para aquel que "somete u obliga a otra persona, a través de cualquier medio o contra su voluntad, a realizar un trabajo o prestar un servicio, sea retribuido o no". | Fuente: Andina/ CHS Alternativo

Datos de la ONG Capital Humano y Social (CHS) recogidos con el Instituto de Estudios Peruanos (IEP) señalan que el 54 % de la población en edad adulta del país desconoce el delito de trabajo forzoso, aunque más de 3,4 millones de trabajadores (el 14 %) señala haber sido víctima de ese delito.

El trabajo forzoso sigue siendo una realidad oculta en Perú, donde la alta informalidad crea el riesgo de que se pase la fina línea hacia la explotación laboral, según afirmaron expertos y autoridades cuando se han cumplido 168 años de la abolición de la esclavitud en el país andino.

"La informalidad muchas veces se da la mano con la ilegalidad y la informalidad es el pan de cada día en Perú", remarcó a EFE el director de la ONG Capital Humano y Social (CHS), Ricardo Valdés, que recordó que la tasa de trabajadores sin contrato en Perú ronda el 75 % y en algunas regiones llega a superar cifras del 90 %.

Precisamente, el ministro de Trabajo, Alejandro Salas, inauguró este lunes un encuentro sindical junto con CHS que busca "luchar contra este flagelo del trabajo forzoso".

Datos de CHS recogidos con el Instituto de Estudios Peruanos (IEP), señalan que el 54 % de la población en edad adulta del país desconoce el delito de trabajo forzoso, aunque más de 3,4 millones de trabajadores (el 14 %) señala haber sido víctima de ese delito.

Estas cifras chocan con los 25 casos de trabajo forzoso registrados por el Ministerio Público entre 2017 y 2020, una cifra que es atribuida a la falta de denuncia de las víctimas.

Además, los expertos remarcan que la situación económica y laboral generada a raíz de la pandemia dio pie a un aumento de la precariedad laboral en Perú.

UN TEMA DE DIGNIDAD

El ministro Salas aseguró este lunes, en el "Encuentro sindical sobre trabajo forzoso y sus indicadores", que ese delito "independientemente de la explotación al trabajador" se da en "marcos de la criminalidad", como la minería ilegal, la trata de personas o el trabajo infantil.

"Acá hay un tema de dignidad del ser humano, hay un tema donde las libertades del ser humano están expuestas, y tenemos que hacer algo como sociedad y e involucrarnos todos", expresó.

Valdés agregó a EFE que la fina línea de la explotación laboral puede pasar de "un simple episodio de no reconocimiento de los derechos laborales, a un proceso donde se le amenaza para que continúe trabajando".

"Ahí entramos ya al trabajo forzoso, (...) hasta una situación de esclavitud", alertó antes de lamentar que las víctimas se acostumbren a este delito y lleguen a pensar que no tienen opción para escapar de su situación de explotación.

MINEROS, CAMPESINOS Y OTROS EXPLOTADOS

El experto aseguró que es capaz de señalar en un mapa los lugares del país donde se dan centenares e incluso miles de situaciones de trabajo forzoso, especialmente en sectores de la minería informal, agrarios y de grupos criminales.

Esto se presenta en La Rinconada, en región sur andina de Puno, fronteriza con Bolivia, donde a más de 5.000 metros de altitud los mineros informales cumplen con el "cachorreo", un sistema por el que no cobran nada durante seis días de la semana para poder quedarse con los minerales que extraigan el séptimo día.

En el Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (Vraem), en la selva central y sur del país, los remanentes del grupo terrorista Sendero Luminoso secuestran a la población Ashaninka, a la que denominan "la masa", para que los provea la logística. Mientras que en la frontera de la región de Loreto con Colombia y Brasil hay población sometida para trabajar campos de siembra de hoja de coca, agregó.

Por ese motivo, Valdés demandó más acción y mayores recursos del Estado, ya que con "solo doce céntimos de sol (tres centavos de dólar)" por persona para perseguir este delito, no se puede cumplir con la asistencia a las víctimas y su reintegración social.

EL DELITO DE TRABAJO FORZOSO

El delito de trabajo forzoso, que fue renovado en 2017 e incluido en el Código Penal peruano, comprende condenas de 6 a 12 años de prisión para aquel que "somete u obliga a otra persona, a través de cualquier medio o contra su voluntad, a realizar un trabajo o prestar un servicio, sea retribuido o no".

El 3 de diciembre de 1854, el entonces presidente Ramón Castilla decretó la abolición de la esclavitud, una medida que benefició principalmente a la población afroperuana, aunque los expertos remarcan que la mano de obra fue sustituida por la de inmigrantes chinos, que trabajaron en la agricultura, construcción e islas guaneras en condiciones de semiesclavitud.

"Se liberó a un sector para esclavizar a otro", remarcó Valdés antes de considerar que esa situación es replicada en parte por el trabajo informal y la explotación laboral.

(EFE)


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