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Poder Judicial da la razón a Indecopi y Colegio de Abogados ya no podrá cobrar por esto

La decisión se dio en la sentencia del 5 de julio de 2019.
La decisión se dio en la sentencia del 5 de julio de 2019. | Fuente: Andina

Poder Judicial también reconoce posición del Indecopi que declara barrera burocrática el cobro que el Colegio de Abogados de Lima exigía a los abogados por la ceremonia de colegiatura.

La Corte Superior de Justicia de Lima declaró infundada, en primera instancia, la demanda presentada por el Colegio de Abogados de Lima (CAL) contra el Indecopi, mediante la cual solicitaba dejar sin efecto la resolución de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas.

Esta sala declaró como barreras burocráticas ilegales y dispone se deje sin efecto el cobro que el CAL exigía a los abogados por la ceremonia de colegiatura, así como la presentación del certificado del curso de Práctica Forense que exigía como requisito para inscribirse en dicha orden.

La decisión se dio en la sentencia del 5 de julio de 2019, tras el proceso contencioso administrativo iniciado por el CAL contra la institución.

"De esa manera, el Poder Judicial reconoció la posición del Indecopi, la misma que establece que la autonomía del CAL no lo autoriza ni habilita a realizar cobros o exigir requisitos no previstos legalmente para la colegiatura y que el ejercicio de sus funciones debe realizarse respetando la Constitución y la ley", precisa Indecopi.

Esta decisión aún puede ser apelada por el CAL ante la Corte Suprema de Justicia de la República.

 

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