Ministerio de Economía y Finanzas establece que los productores agrarios que hayan registrados ingresos por debajo de los S/. 74.000 en su cosecha anterior serán afiliados a EsSalud.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el reglamento de la Ley N° 29972 la cual promueve la inclusión de los productores agrarios mediante cooperativas.
La norma publicada en el diario oficial El Peruano decretó que los productores agrarios, socios de un cooperativa, que hayan registrados ingresos por debajo de las 20 UIT (S/. 74.000) en su cosecha anterior serán afiliados a EsSalud.
Asimismo para acceder al referido seguro de salud no deberán contar con trabajadores dependientes. Para iniciar el proceso de afiliación tendrán que presentar a su cooperativa una declaración jurada en la que se indique el cumplimiento de ambos requisitos.
Impuesta a la Renta
La citada normativa también estableció que los productores asociados que hayan recibido ingresos mayores a las 20 UIT estarán afectos al pago del Impuesto a la Renta.
“Las cooperativas agrarias deberán presentar una declaración mensual en la que declararán y pagarán las retenciones del Impuesto a la Renta que les corresponda efectuar en la forma, plazo y condiciones que establezca la Sunat”, decretó.
Los productores que pertenezcan a más de dos cooperativas tendrán que optar por una para presentar la documentación respectiva.
Los asociados que pierdan la calidad de socios perderán los beneficios de la norma.
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