Buscar
Reproduciendo
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
El poder en tus manos
EP199 | INFORMES | Congreso proyecta gastar s/180.9 millones para renovar cinco edificios para la bicameralidad
EP 199 • 04:31
Informes RPP
Miguel Humberto Aguirre: “Mihua”, la voz de los apagones en los años 80 y 90
EP 1304 • 09:13
Reflexiones del evangelio
Martes 1 de julio | "¡Señor, sálvanos, que nos hundimos! Él les dijo: ¡Cobardes! ¡Qué poca fe!"
EP 1017 • 12:05

SAT de Lima rematará inmuebles mañana martes desde S/11,380

Para mayor información comunicarse al Aló SAT: 315-2400, WhatSAT: 999431111, correo institucional: asuservicio@sat.gob.pe o en la página web www.sat.gob.pe.
Para mayor información comunicarse al Aló SAT: 315-2400, WhatSAT: 999431111, correo institucional: asuservicio@sat.gob.pe o en la página web www.sat.gob.pe. | Fuente: ANDINA

El proceso de la subasta será transmitido en vivo desde las redes sociales de la institución.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), rematará mañana martes 26 de noviembre un total de 24 inmuebles comerciales y para vivienda ubicados en el Cercado de Lima, Lince, Comas, La Victoria y Chosica.

Por deudas tributarias

El SAT indicó que con esta actividad se busca recuperar la deuda tributaria y no tributaria de contribuyentes, propietarios de vehículos o infractores que no regularizaron el pago de sus impuestos o no pagaron las multas por infracciones de tránsito y multas administrativas, pese a las constantes notificaciones, llamadas telefónicas y facilidades otorgadas por el ente recaudador.

Los precios base de los inmuebles a rematar van desde los S/ 11,380 hasta los S/ 2 millones 570 mil

Los inmuebles

La institución señaló que los inmuebles se subastarán en el estado y condición en el que se encuentren y se transmitirá el proceso de manera transparente en todos los canales de difusión de la institución. Mira el listado de inmuebles y sus detalles aquí https://bit.ly/2qiVQL2

Producido el remate, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 739 del Código Procesal Civil, se emitirá la orden que deja sin efecto todo gravamen que pesa sobre los bienes, salvo medida cautelar de anotación de demanda.

Video recomendado

Tags

Más sobre Economía

Lo más leído

SIGUIENTE NOTA