Debido a libre disponibilidad de CTS y disposiciones de nueva Ley de Mypes
Ello debido a la implementación de
Para conocer si el empleador está o no obligado a efectuar el próximo depósito de CTS, se debe tener en cuenta: el tipo de empresa (micro, pequeña, mediana y gran empresa), si los trabajadores son nuevos o antiguos, si la empresa está o no inscrita en el Registro Nacional de
En cuanto a la mediana y gran empresa, las reglas para efectuar el depósito de CTS correspondiente al periodo semestral noviembre 2008 Â abril 2009 no han variado.
Los empleadores tomarán en cuenta la remuneración del trabajador al 30 de abril de 2009, a la que debe agregarse un sexto de la gratificación que percibió el trabajador en diciembre del 2008.
Para este caso, el depósito será equivalente a un dozavo de la suma del sueldo más 1/6 de la gratificación recibida, por cada mes laborado entre noviembre 2008 - abril del 2009.
En el caso de la pequeña empresa (hasta 100 trabajadores e ingresos anuales no superiores a 1,700 UIT, es decir seis millones 35,000 nuevos soles, se van a presentar tres situaciones.
Primero, si la empresa aún no está inscrita en el Remype, todos sus trabajadores inclusive los contratados a partir del 01 de octubre de 2008 tendrán derecho a CTS conforme a las reglas generales;
Si la pequeña empresa está inscrita en el Remype, los trabajadores contratados hasta antes de su inscripción, igualmente tendrán derecho a CTS según las normas generales.
Los trabajadores nuevos, contratados luego del registro de la pequeña empresa en el Remype, tendrán derecho al 50 por ciento de
En efecto, los nuevos trabajadores de la pequeña empresa, a partir del 01 de octubre de 2008 (TUO de
Microempresa
En el caso de la microempresa (hasta diez trabajadores e ingresos anuales no superiores a 150 UIT, es decir, 532,500 soles, se deben tener en cuenta, primero, si la microempresa no está inscrita en el Remype, todos sus trabajadores tendrán derecho a CTS bajo el régimen general.
Si la microempresa se inscribió en el Remype, los trabajadores contratados antes de su registro, igualmente tienen derecho a CTS bajo el régimen general.
Sin embargo, los nuevos trabajadores de la microempresa, contratados con posterioridad a su registro en el Remype no tienen derecho a CTS.
Los trabajadores que al 30 de abril de 2009 tengan menos de un mes de servicios, no tienen derecho al próximo depósito de
Conforme a la reciente ley, los depósitos de CTS correspondientes al año 2009, que se efectúen en mayo y noviembre, se podrán retirar hasta el 100 por ciento.
Los depósitos que se efectúen en los meses de mayo y noviembre del 2010 se podrán retirar hasta el 40 y 30 por ciento, respectivamente.
A partir de mayo del año 2011, los trabajadores podrán retirar hasta el 70 por ciento del total de su cuenta CTS, pero sólo respecto de los montos que excedan a seis veces el sueldo que perciba el trabajador, los cuales se convierten en intangibles, es decir, sólo se podrán retirar al cese definitivo del trabajador.
Cabe precisar que en caso de embargos judiciales por alimentos, las empresas podrán retener hasta el 50 por ciento de
Asimismo, el juez podrá ordenar a la entidad financiera el embargo de los montos depositados por CTS y sólo hasta el 50 por ciento.
ANDINA
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