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Vence el plazo para que empresas declaren al beneficiario final ante la Sunat

Para presentar la declaración se debe utilizar el Formulario Virtual N° 3800 a través de Sunat Operaciones en Línea, que estará disponible a partir del 1 de diciembre de 2019.

Para presentar la declaración se debe utilizar el Formulario Virtual N° 3800 a través de Sunat Operaciones en Línea, que estará disponible a partir del 1 de diciembre de 2019.Fuente: EY PERÚ

De no hacerlo, estas empresas estarían imposibilitadas de realizar trámites notariales y serían multadas con hasta S/210,000 (50 UIT).

Las normas del beneficiario final que emite la Sunat tienen por finalidad combatir la evasión y elusión tributaria y coadyuvar en la lucha contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Las normas del beneficiario final que emite la Sunat tienen por finalidad combatir la evasión y elusión tributaria y coadyuvar en la lucha contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo. | Fuente: ANDINA

Entre el 13 y 23 de diciembre de este año vence el plazo para que las empresas Prico declaren obligatoriamente quiénes son sus beneficiarios finales ante la Sunat, señaló EY Perú.

Según la Sunat, más de 15 mil empresas en el país, que al 30 de noviembre de 2019, se encuentran en la categoría de Principales Contribuyentes (Pricos) y deben presentar  la declaración del beneficiario final este mes. En total representan el 2.12% de las empresas formales

Las empresas PRICO son aquellas que la administración tributaria ha determinado, teniendo en cuenta que en su mayoría son las compañías con facturación de aproximadamente 100 millones de soles, detalla Manuel Rivera, Socio de Impuestos de EY Perú.

Su importancia

Manuel Rivera explicó además que el objetivo de estas disposiciones de la Sunat es combatir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo, los actos de corrupción, de evasión de impuestos, entre otros.

"Por este motivo, es aconsejable que las empresas empiecen, de manera inmediata, a determinar los procedimientos internos que requieran para la identificación de sus beneficiarios finales; sobre todo, en el caso de los grupos económicos multinacionales, los cuales podrían tener estructuras holding muy complejas, en donde gran parte de la información del accionariado sea de carácter reservado”, señaló el especialista.

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