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Sunat: Estos son los requisitos para que los transportistas puedan pedir la devolución de una parte del ISC

El beneficio se le otorgará a transportistas que prestan el servicio de transporte terrestre regular de personas y carga de ámbito nacional.
El beneficio se le otorgará a transportistas que prestan el servicio de transporte terrestre regular de personas y carga de ámbito nacional. | Fuente: Internet

Sunat será la encargada de la devolución de una parte del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) que hayan pagado los transportistas por combustible diésel B5 y B20.

El Gobierno otorgó a los transportistas interprovinciales y de carga la devolución del equivalente al 53% del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), que forma parte de la adquisición de combustible, conforme establece el Decreto de Urgencia N° 012-2019, publicado este viernes en el diario oficial El Peruano.

Es decir, los transportistas que ofrezcan servicio de transporte regular a personas o carga podrán solicitar a la Sunat la devolución de una parte del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) que hayan pagado por combustible diésel B5 y B20.

El beneficio será por un plazo de tres años, contados a partir del 01 de enero de 2020.

El Decreto de Urgencia tiene el objetivo de establecer medidas para fortalecer la seguridad vial y reducir la accidentabilidad en la prestación del servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito nacional y del servicio de transporte público terrestre de carga, mejorando las condiciones de calidad y seguridad del transporte en beneficio de la población.

Requisitos

De acuerdo al Decreto de Urgencia, los transportistas deberán cumplir con ciertos requisitos para acceder a la devolución. Por ejemplo, tener autorización vigente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Además de no contar con sanciones de transporte y tránsito impuestas por las autoridades o que hayan agotado la vía administrativa.

Otro de los requisitos es que deberán emitir comprobantes de pago electrónicos. Por último, no podrán acceder a este beneficio los vehículos dentro de los márgenes de antigüedad que establezca el reglamento.


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