Este medida se aplicará a personas naturales con negocio y pequeñas y medianas empresas (pymes).
La Sunat informó que no sancionarán determinadas infracciones incurridas hasta el 15 de marzo del 2020.
A través de la resolución N° 000001-2021-SUNAT/700000, indicaron que la entidad ejercerá su "facultad discrecional" para no aplicar infracciones cometidas antes de la cuarentena con el fin de promover la reactivación económica y las actividades comerciales de los negocios.
Entre las infracciones que no serán sancionadas están:
- No emitir y/o no otorgar comprobantes de pago.
- No exhibir libros y registros.
- No entregar información o documentación requerida por la SUNAT sobre las actividades del contribuyente o aquellas que realizó con terceros.
- No presentarse a una reunión programada con la Sunat o hacerlo fuera del plazo establecido.
Esta medida será aplicada para las personas naturales con negocio y los contribuyentes del Nuevo RUS, es decir, las pequeñas y medianas empresas.
Para mayor información, la Sunat indica que los contribuyentes pueden llamar a los teléfonos 0-801-12-100 y 315-0730 o desde su celular al *4000.