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Trabajo remoto: Empresas que incumplan con desconexión de trabajadores serán multadas

La norma señala que la desconexión debe ser de por lo menos 12 horas continuas en un periodo de 24 horas.
La norma señala que la desconexión debe ser de por lo menos 12 horas continuas en un periodo de 24 horas. | Fuente: Getty Images

La nueva norma de desconexión digital, emitida por el Gobierno, indica que los trabajadores tienen derecho a no contestar los correos y mensajes de WhatsApp en sus horas de descanso.

Este fin de semana el Poder Ejecutivo extendió el plazo de aplicación del trabajo remoto y estableció el derecho a la desconexión digital como medida complementaria.

Con esta norma, ahora los empleados tienen derecho a desconectarse de las comunicaciones de trabajo cuando se encuentren fuera de su horario laboral, es decir, no están obligados a responder correos, whatsapps o llamadas.

El exceso de horas laboradas en trabajo remoto se ha convertido en una queja muy frecuente. Un informe de Global Research Marketing (GRM) señala que el 85% de trabajadore laboran más horas con el trabajo remoto que antes de la pandemia.

Ahora si el trabajador no tiene un horario establecido entonces se determina que la desconexión o descanso debe ser de por lo menos 12 horas continuas.

Pero, ¿qué pasa si los jefes de los trabajadores no cumplen con esta medida?

De acuerdo con el viceministro de Trabajo, José Luis Parodi, los empleadores podrán ser multados si no cumplen con la desconexión digital y el derecho de descanso de los trabajadores.

"Para el incumplimiento de la norma existen las multas, una vez fiscalizadas (las infracciones), y dependen del número de trabajadores afectados y el tipo de empresa", indicó a TV Perú.

Según indica, es una obligación del empleador no exigir tareas más allá de la jornada ordinaria.

Explicó que no es necesariamente indebido que se realicen comunicaciones o mensajes fuera del horario laboral, pero "el derecho que tiene el trabajador es el de no atender eso y hacerlo cuando empiece su jornada regular".

¿De cuánto sería la multa?

El abogado laboralista, Pierre Mendoza, indica que esto iría acorde a lo establecido por la Sunafil.

"Los montos de sanción son básicamente lo que te establecen en función al número de trabajadores afectados, que pueden llegar hasta 22.5 UIT (S/96,750)" , comentó el especialista.

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