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¿Va a comprar un inmueble?, estos serán los años de garantía

Se deberá informar si una vivienda es antisísmica o no..
Se deberá informar si una vivienda es antisísmica o no.. | Fuente: Andina

Ya entraron en vigencia las modificaciones al Código de Protección y Defensa del Consumidor para compra de viviendas.

Si usted planea comprar una casa o departamento este año puede estar un poco más tranquilo porque la garantía que tendrá ante posibles fallas en su estructura se elevará de cinco a 10 años.

Con la modificación al Código de Protección y Defensa del Consumidor que ya entró en vigencia, los usuarios tendrán más tiempo para efectuar reclamos por fallas en paredes, pisos, techos y redes internas de agua, desagüe y electricidad, según Ángela Sevilla, funcionaria de la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi.

“Las garantías por fallas estructurales a las que nos referimos están básicamente relacionadas con el proceso de construcción y que en algún momento podrían poner en riesgo la vida de las personas

Los empresarios inmobiliarios y de la construcción advierten que esto encarecería el precio de las viviendas, pero para el Congresistas Yonhy Lescano, que participó en la elaboración de la norma, un buen inmueble no debería presentar fallas en su estructura en ese periodo.

Quien vende, debe vender una cosa buena, no les debe preocupar el tiempo de garantía porque si se ha hecho una buena construcción con cinco o 10 años el constructor debe estar tranquilo porque sabe que está vendiendo una cosa buena, pero hay que darle un mayor plazo a los compradores a efectos que se sientan seguros con la inversión que se ha hecho”

La norma también establece que en un proceso de compra, las promotoras inmobiliarias estarán obligadas a brindar información sobre la condición de sismo resistente del inmueble, los antecedentes del proveedor y su comportamiento en el mercado.

Pero además sobre la existencia de la Central de Información de Promotores Inmobiliarios y/o Empresas Constructoras y del portal Mira a Quién le Compras. Así como los canales respectivos para la atención de quejas.

“Los promotores inmobiliarios tienen la obligación de contar con un Libro de Reclamaciones y los consumidores pueden sentar sus reclamos en este Libro de Reclamaciones y en paralelo pueden acudir al SAC, que es el servicio de atención al cliente, que es un servicio gratuito que brinda el Indecopi”

En lo que respecta a la publicidad escrita de cualquier inmueble de primer uso, las empresas estarán obligadas a consignar información sobre la existencia de autorizaciones municipales, área, el proceso de titulación, habilitación urbana, saneamiento y materiales empleados en la construcción y acabados.

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