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Amoretti: Tocamientos son delito solo cuando hay violencia

Abogado Roberto Miranda indicó que este tipo de casos deben acreditarse con la declaración de testigos e incluso imágenes que registren el agravio.

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El abogado penalista Mario Amoretti afirmó que los denominados tocamientos o abusos deshonestos se configuran como un delito en el Código Penal Peruano, cuando se hace uso de violencia o amenaza, "sin tener el propósito de una relación sexual, solamente excitarse".

En ese sentido, el letrado admitió que las mujeres se encuentran desprotegidas, pues hay vacío legal en situaciones tan comunes.

"Sucede a menudo cuando las mujeres van en buses, el varón se coloca detrás para satisfacerse, pero para ser delito de abusos deshonestos se requiere la violencia y la amenaza", explicó el letrado en entrevista con RPP Noticias.

Tal es el caso de la joven Mariella Fernández quien denunció haber sufrido tocamientos indebidos cuando viajaba en el Servicio Expreso 3 del Metropolitano. 

En opinión de Amoretti este tipo de agresiones contra las mujeres deben configurar como mínimo una falta contra las costumbres y sancionarse por lo menos con largas jornadas de trabajo comunitario.

"Nuestros congresistas penalizan todo, pero hay situaciones en las que sí deben hacerlo pero se olvidan", cuestionó.

Por su parte, el abogado Roberto Miranda afirmó que los tocamientos de índole obsceno sí se encuentran tipificados en el Código Penal en su artículo 183 y dispone sanciones para los infractores que realicen este tipo de prácticas en lugares públicos.

Indicó que este tipo de casos deben acreditarse con la declaración de testigos e incluso imágenes que registren el agravio.

Dijo que la Policía debe escuchar la versión tanto de la parte supuestamente agraviada y del sindicado agresor, a fin de evitar que se pueda tergiversar el incidente más aún, dijo, cuando se ha producido en un transporte público donde hay mucho hacinamiento y, por ende, mucha cercanía física.

“Muchas veces esta cercanía física puede ser malinterpretada, pero cuando ya estamos frente a un acto libidinoso, lascivo, es decir, que no solo quedó en una mirada profunda o un piropo subido de tono, sino que hablamos de que alguien manoseó, la figura del mañoso…la denuncia debe de correr por la misma interesada”, manifestó.

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