De acuerdo a la Defensoría del Pueblo, 23 de las 43 municipalidades distritales de Lima Metropolitana aún no cumplen con la obligación de poner en marcha acciones para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos.
Según informó la Defensoría del Pueblo, 23 de los 43 distritos de Lima Metropolitana aún no cuentan con una ordenanza municipal ni ponen en marcha acciones para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos.
Solo las comunas de Santa Anita, San Miguel, El Agustino y Cieneguilla cumplieron con implementar la Ley 30314 para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos.
En 2017, lo hicieron Pueblo Libre, Ate y Comas. En 2016, publicaron ordenanzas Puente Piedra, Chaclacayo, Jesús María, Lince, Surquillo, Lurigancho y Villa El Salvador. En 2015 cumplieron San Isidro, Barranco, Punta Hermosa. En 2013, innovaron con regulación contra el acoso los municipios de Santiago de Surco y San Borja.
Los distritos que hasta ahora no tienen ordenanzas contra el acoso sexual son Ancón, Breña, Carabayllo, Chorrillos, Independencia, La Molina, La Victoria, Los Olivos, Lurín, Magdalena del Mar, Miraflores, Pachacamac, Pucusana, Punta Negra.
Igualmente, Rímac, San Bartolo, San Juan de Lurigancho, San Luis, San Martín de Porres, Santa María del Mar, Santa Rosa, Villa María del Triunfo y San Juan de Miraflores.
Sobre los gobiernos locales que ya cuentan con ordenanzas, la Defensoría Pueblo ha verificado que la mayoría ha establecido la obligación para que se coloquen avisos informando que en dichos sitios se prohíbe el acoso sexual, el cual se sanciona con un porcentaje de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Sin embargo, no se cumple con la obligación de capacitar al personal, especialmente a aquel que da servicio se seguridad como el serenazgo.
El 2 de enero último, la Municipalidad de Lima se convirtió en la comuna número 20 de la jurisdicción metropolitana que, a casi cuatro años de aprobada la Ley N° 30314 sobre acoso sexual, pone en marcha un mecanismo normativo orientado a prevenir, prohibir y sancionar a quienes realicen y toleren dicha práctica en espacios públicos en contra de las personas, en especial contra mujeres, niñas, niños y adolescentes.
(Con información de Andina)
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