Daniel Corzo, abogado especialista en temas inmobiliarios de Miranda & Amado, nos explica qué debemos tener en cuenta antes de alquilar una vivienda.
Daniel Corzo, abogado especialista en temas inmobiliarios de Miranda & Amado, recomendó que siempre se tiene que firmar un contrato antes de alquilar una propiedad. “Todo acuerdo tiene que estar plasmado en un documento”, insistió.
En la secuencia Familia y Justicia, indicó que este requisito es indispensable para luego evitar problemas posteriores y puede ser firmado entre ambas partes, es decir el comprador y el arrendatario, o ante un abogado o notario.
Agregó que se debe verificar con quien se va a firmar el contrato para arrendar una vivienda o local comercial, a través de Registros Públicos para comprobar quien es el titular del inmueble.
Añadió que puede haber variantes que el propietario sea una persona jurídica o natural. Si es persona jurídica se verificará que el representante con quien se va a firmar tiene las facultades suficientes para dar en arrendamiento el inmueble. En cambio, si es una persona natural lo primero que debemos verificar es su estado civil, porque si es casado tiene que participar su cónyuge.
Corzo recomendó que antes de alquilar una propiedad tenemos que confirmar la posesión, visitar el lugar varias veces antes de arrendarlo, verificar el estado del lugar, las cañerías, los tomacorrientes antes de habitarlo.
En la secuencia Familia y Justicia, anotó que otro aspecto es coordinar con el propietario cómo van a ser los pagos de los servicios como la luz, el agua, internet, mantenimiento, predial o arbitrios.
En caso de alquilar en un edificio es básico identificar el reglamento interno que nos de pautas de las reglas de convivencia para conocer las restricciones que existen por ejemplo para tener mascotas o realizar reuniones sociales.
Manifestó que si vamos a alquilar un local comercial debemos tener en cuenta antes de hacerlo verificar la zonificación, la ubicación y usos permitidos en el lugar para conocer qué rubro de negocio puede funcionar y de esta manera obtener el certificado técnico de seguridad que exige la municipalidad antes de dar la licencia de funcionamiento.
El abogado alertó también que para nuestra mayor seguridad podemos acudir a un notario para que eleve el acuerdo firmado a Escritura Pública lo cual permitirá ingresarlo a Registros Públicos. “La seguridad que da la Escritura Pública inscrita en Registros Públicos es por ejemplo que si se transfiere esa propiedad, el que adquiere el inmueble tendrá que respetar las condiciones del contrato y no lo podrá desalojar inmediatamente”, sostuvo.
Recordó que hay una norma que permite el desalojo a través de notario, pero este procedimiento debe estar precisado en la Escritura Pública.
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