Solo Cuba y Uruguay tienen permitida la interrupción voluntaria del embarazo y, además, cuentan con políticas de prevención y seguimiento de la salud reproductiva de las mujeres.
El Senado argentino debate este martes un proyecto para permitir el aborto hasta la semana 14 de gestación, que de aprobarse convertiría a Argentina en uno de los pocos países de Latinoamérica donde esta práctica está legalizada.
El derecho al aborto es, de hecho, inexistente o muy limitado en la mayor parte de los países latinoamericanos.
Solo Cuba y Uruguay tienen permitida la interrupción voluntaria del embarazo y, además, cuentan con políticas de prevención y seguimiento de la salud reproductiva de las mujeres, mientras que otros países como El Salvador, Honduras, Nicaragua, República Dominicana, Haití y Surinam la prohíben en todas las circunstancias.
En México, en Oaxaca y Ciudad de México se admite la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas de gestación, en tanto que en todos los estados se autoriza por violación y en la mayoría por riesgo a la salud de la madre. Recientemente, la Suprema Corte de Justicia rechazó un proyecto que por primera vez habría ordenado a un territorio, el de Veracruz, a despenalizar el aborto.
EN CHILE, DESPENALIZADO EN TRES SUPUESTOS
En Chile, el aborto estuvo totalmente prohibido hasta 2017, cuando se despenalizó en tres supuestos: riesgo de vida de la mujer, inviabilidad fetal y violación. El acceso al aborto en este país, sin embargo, choca con una alta objeción de conciencia por parte de los médicos especialistas.
En Brasil el aborto es legal solo en caso de violación, riesgo de muerte para la madre y anencefalia (fetos sin cerebro).
La normativa boliviana permite abortar solamente en casos de violación o riesgo para la vida o salud de la madre o el feto.
El Código Penal de Panamá tipifica como ilegal el aborto, pero con excepciones en los casos de que el embarazo sea producto de una violación y si hay riesgo para la salud de la madre.
En Colombia no es delito interrumpir voluntariamente un embarazo en caso de violación, malformación del feto y cuando la madre o el niño corran peligro. El aborto está permitido en Ecuador solo para cuando peligra la vida de la mujer como consecuencia del embarazo o como producto de la violación a una persona con discapacidad mental.
El Código Penal de Costa Rica señala que no es punible el aborto practicado con consentimiento de la mujer por un médico o por una obstétrica autorizada si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y este no ha podido ser evitado por otros medios.
EN PERÚ Y VENEZUELA SI LA VIDA DE LA MADRE CORRE PELIGRO
En Perú solo es legal el aborto en el caso de que la vida de la madre esté en peligro, al igual que en Venezuela, que, sin embargo, castiga otra opción con seis meses a dos años de cárcel.
En Paraguay, el aborto y su tentativa se encuentran penalizados, con una condena de hasta cinco años y solo está autorizado interrumpir un embarazo cuando hay riesgo de vida para la madre.
También está prohibido en Guatemala, donde solo se permite en casos extremos para salvar la vida de la mujer. Se penaliza desde un año hasta los 12 años de prisión.
HASTA 40 AÑOS DE CÁRCEL EN EL SALVADOR
El aborto en El Salvador está penalizado en todos los supuestos, la ley establece penas de entre 2 y 8 años de cárcel a quien provoque, consienta o practique una interrupción del embarazo, aunque se han dado casos en los que la condena ha sido de 40 años, al ser considerado un homicidio.
La interrupción del embarazo está penalizada también en Nicaragua desde 2006 y en 2017 la Asamblea Nacional (Parlamento) aprobó las peticiones de las Iglesias católica y evangélica para prohibir el aborto terapéutico.
En Honduras no está permitido el aborto y varias iniciativas para la despenalización no han tenido eco entre los diputados.
En República Dominicana las posturas divergentes de los diputados dominicanos sobre el aborto, que está prohibido en el país, frustraron la aprobación de un nuevo Código Penal que lleva años discutiéndose.
En agosto de 2020, la Cámara de Diputados decidió que el asunto quede fuera del Código Penal y que se debata como una ley aparte más adelante y envió a una comisión especial un proyecto de ley que busca despenalizar el aborto en tres supuestos: riesgo para la vida de la mujer, cuando es inviable o cuando es resultado de violación o incesto.
(Información de Efe)
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