Las empresas de telefonía móvil están obligadas a verificar, mediante un sistema biométrico, la identidad de quienes adquieran celulares prepago.
Las empresas de telefonía móvil están desde hoy obligadas a verificar, mediante un sistema biométrico, la identidad de quienes adquieran celulares prepago, el cual solo se activará si coinciden las impresiones dactilares del usuario con los registros del Reniec.
“Esta obligación tiene relación con las iniciativas que se vienen desplegando a favor de la seguridad ciudadana, y determinarán que los servicios prepago solo se activarán si es que existe coincidencia entre las impresiones dactilares de los usuarios con los registros de Reniec”, explicó el presidente del Osiptel, Gonzalo Ruíz Díaz.
Indicó que se trata de una medida que forma parte de las modificaciones al Reglamento de Condiciones de Uso de los Servicios de Telecomunicaciones aprobadas por el Consejo Directivo del Osiptel, publicado hoy en el diario oficial El Peruano.
VERIFICACIÓN
La medida indica que los distribuidores autorizados de las empresas implementarán los sistemas de verificación dactilar de manera progresiva. Sin embargo, su aplicación será obligatoria en todos los puntos de venta a partir del 1 de enero del 2017.
“Mientras los distribuidores culminen con la implementación de este mecanismo, podrán emplear un sistema de verificación no biométrico, el cual también requiere la identificación del comprador en los registros de Reniec, y del registro sus huellas dactilares”, explicó Ruiz Díaz.
Las empresas operadoras deberán comprobar que el teléfono móvil que usará el usuario-comprador, no esté reportado como robado o perdido en la base de datos administrada por el Osiptel.
A su vez, deberán registrar la información del equipo terminal que usará el comprador (marca, modelo, número de serie, etc.) en su Registro de Abonados.
En tanto, el Osiptel centralizará esta información en el Registros Nacional de Terminales Móviles, que incluirá a los abonados que hayan contratado servicios bajo las modalidades prepago, control y pospago.
La norma aprobada precisa que las empresas operadoras deberán informar al Osiptel sobre su red de distribuidores autorizados en todo el país. El incumplimiento de estas medidas será considerado como infracción grave, y podría implicar la aplicación de sanciones.
LÍMITES DE COMPRA
El presidente del Osiptel explicó que las medidas aprobadas hoy también obligan a que las personas naturales que deseen comprar más de 10 líneas móviles, deban realizar tal operación de manera personal en las oficinas o centros de atención de la empresa operadora.
“Se requerirá que se haga la validación biométrica de los usuarios interesados, quienes deberán firmar declaraciones juradas en las que se comprometan a no revender tales líneas”.
Asimismo, cuando se contrate un nuevo servicio móvil a nombre de una persona natural, la empresa deberá remitir mensajes de textos de advertencia sobre tal operación a todos las líneas a nombre de tal usuario.
“El Reglamento de Condiciones de Uso precisa además que toda la información que se requerirá a los usuarios es confidencial. Las empresas garantizarán en todo momento la protección de datos personales, para lo cual deberán adoptar las medidas de seguridad respectivas”, añadió.
Andina
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