Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Informes RPP
La inflación dejó de ser una preocupación
EP 1235 • 04:07
Entrevistas ADN
El Tribunal Constitucional no declaró inocente al prófugo Vladimir Cerrón, precisó abogado
EP 1768 • 17:57
El poder en tus manos
EP138 | INFORMES | ¿Cómo avanza la participación política de las mujeres en América latina?
EP 138 • 03:42

Concentración de medios: ¿Cuándo se puede recurrir a la CIDH?

Andina
Andina

El Poder Judicial dice que "una vez concluidas las instancias nacionales que define la ley, cualquiera de las partes podrá acudir al Sistema Interamericano".

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

A propósito de la demanda de amparo sobre la concentración de medios escritos, el Poder Judicial recordó que  las causas judicializadas sólo pueden conocerse a nivel del Sistema Interamericano de Derechos Humanos al haberse agotado las instancias internas.

Mediante un comunicado, este poder del Estado dejó claro que ni la Comisión ni la Corte Interamericana de Derechos Humanos puede intervenir o pronunciarse sobre materias en sede judicial, no sólo por la propia normativa del Sistema, sino también por principios jurídicos elementales.

“Análogamente, una Sala Superior, en calidad de segunda instancia, no puede pronunciarse sobre una causa en conocimiento de un Juzgado, más aún si dicha sala  le tocaría juzgar la apelación que eventualmente se daría”, señala.

En la misiva, la institución judicial también refiere que la demanda de amparo interpuesta por ocho ciudadanos fue admitida a trámite y a la fecha está en proceso, por lo que no existen situaciones que merezcan el abocamiento de las instancias supranacionales.

“Sin embargo, una vez concluidas las instancias nacionales que define la ley, cualquiera de las partes podrá acudir al Sistema Interamericano, derecho que el Poder Judicial peruano reconoce a plenitud”, concluye.

Tags

Lo último en Actualidad

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA