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Congreso autoriza uso de armas no letales a serenazgos: ¿qué alcances tiene esta norma?

El Congreso aprobó un proyecto de ley en donde el personal del serenazgo será capacitado por la policía nacional y las fuerzas armadas.
El Congreso aprobó un proyecto de ley en donde el personal del serenazgo será capacitado por la policía nacional y las fuerzas armadas. | Fuente: ANDINA/referencial

El adjunto para los Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo, Percy Castillo, señaló la importancia de una preparación exhaustiva y capacitación del personal de serenazgo. Asimismo, destaca la falta de fundamentos base en la norma desde la organicidad y en que la norma hace referencia a "armas menos letales".

El Congreso de la República aprobó el proyecto de ley —exonerado en segunda votación— el dictamen que permite el uso de armas no letales a personal de Serenazgo. La norma modifica la Ley del Servicio de Serenazgo Municipal, y señala que los serenos deben contar con el equipamiento necesario para cumplir con sus funciones, según la modalidad del servicio que brindan. ¿Cuáles son los alcances de esta medida?

Al respecto RPP Noticias conversó con Percy Castillo, adjunto para los Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo, quien precisó que "no existen armas no letales" y lo que se refiere en el proyecto de ley son a "armas menos letales" de acuerdo con lo que sostiene las Naciones Unidas.

Sobre la distribución de recursos a los distintos municipios, Castillo sostuvo que es un problema latente en los cuerpos de serenazgo a nivel nacional. "Estos cuerpos de serenazgo se financian con los tributos municipales, entonces dependiendo de los ingresos los cuerpos de serenazgo son más robustos y tienen mejor equipamiento", dijo en el programa Todo se Sabe de RPP TV.

Es decir que va a contar con mejores equipamientos aquel municipio que tenga mayores recursos. Agregó que se debe precisar sobre la calidad de estos instrumentos menos letales. "Cualquier instrumento se requiere que esté certificado, aquel que cuente con las garantías de operaciones de un proveedor que sea adecuado", señaló Percy Castillo.

Sobre la capacitación

El adjunto para los Derechos Humanos de la Defensoría del Pueblo se mostró en contra de que sea factible una capacitación — que, según el proyecto de ley, estará a cargo de la Policía y las Fuerzas Armadas— en poco tiempo ya que "tiene que ser una capacitación exhaustiva".

Agregó que esto también requiere el uso de recursos para capacitar al personal. Es decir que no se puede realizar de forma gratuita. "Implica que la Policía va a tener que poner sus recursos para capacitar a otras personas con lo escaso que ya son. Esta idea de que no se genera gasto es totalmente equivocada", dijo Percy Castillo a RPP TV.

"Por otra parte no se entiende cómo, en el uso de estas armas menos letales o instrumentos menos letales, van a participar las Fuerzas Armadas. El ente rector debería ser la Policía Nacional", mencionó.

Utilización de equipos

Por otro lado, cuestionó una equiparación en el uso de los chalecos antibala (o armadura de protección) con los perdigones de goma o el gas pimienta porque estos instrumentos podrían ocasionar daños si son mal empleados.

"Lo que la Defensoría ha señalado es que estos cuerpos de serenazgo tienen que fortalecerse, profesionalizarse para que puedan brindar un buen servicio. Se debe homogenizar la forma en cómo se les recluta, cómo se les prepara para poder pasar o poder imaginar un estado donde puedan manejar estos instrumentos", añadió Castillo.

En esa línea, el adjunto para los DD.HH. de la Defensoría argumentó que la norma legislativa aprobada en el Congreso "no está apuntando al fortalecimiento de base" del serenazgo, sino que está agregando responsabilidades "a una institución que requiere ser fuertemente representada y siempre fortalecida".

Se necesita organicidad

Percy Castillo señaló en RPP que, más allá de la capacitación a los serenos, se necesita organicidad para que estos tengan una línea de mando diferenciados para determinar cuándo van a intervenir "en el uso de estos instrumentos menos letales". Evaluar el impacto de la ley del reglamento es establecer cuánto hemos avanzado, garantizando los derechos de los serenos. Se debe contribuir ese fortalecimiento y viendo si es factible o no concederles nuevas funciones en este tipo de equipamiento", declaró en Todo se Sabe.

En ese sentido, argumentó que el personal del serenazgo no puede depender del alcalde o el empeño que ponga para mejorar la función. "La función del serenazgo es preventiva, el patrullaje integrado la función del sereno debe ser integrada con la PNP que es el ente de realizar este tipo de labores. Tenemos que profundizar la coordinación de los cuerpos de serenazgo y la Policía para que pueda resultar realmente eficaz", finalizó Percy Castillo de la Defensoría.


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