Son 55 pueblos indígenas u originarios identificados a la fecha por el Viceministerio de Interculturalidad. Ellos manejan más de 45 lenguas distintas y están por distintos sitios de nuestro Perú, algunos de ellos en aislamiento.
El territorio peruano albergó desarrollos civilizatorios desde hace más de 5,000 años, siendo los de mayor antigüedad de nuestro continente.
Durante el proceso de colonización, pese a que a la población conquistada fue prohibida de expresarse en su propia lengua y cultivar su cultura, muchas de estas prácticas y creencias permanecieron vigentes.
Las poblaciones indígenas, descendientes directos de las poblaciones prehispánicas, se han desarrollado y reproducido de manera diferenciada en la Amazonía y en los Andes. En la Amazonía vivieron la incursión de las misiones, la explotación del caucho y la colonización paulatina. Las poblaciones andinas, principalmente quechuas y aimaras, fueron objeto del reordenamiento impuesto por las encomiendas y reducciones coloniales, y mano de obra de las haciendas durante la república.
Hoy en día, estos pueblos mantienen y reproducen instituciones culturales propias como el uso de lenguas ancestrales, el quechua y el aimara en los Andes, el asháninka y el shipibo-konibo en la Amazonía, entre otras. Desarrollan prácticas culturales ancestrales que coexisten en el Perú actual y se mezclan con prácticas posteriores como la vestimenta occidental, el uso del castellano y la tecnología moderna. Son estos pueblos a los que hoy conocemos como pueblos indígenas u originarios.
Si bien las referencias al término “indígena” datan de varios siglos atrás, es a partir del trabajo de organismos internacionales, como la Organización Internacional del Trabajo (OIT) con el Convenio 169, que la categoría “Pueblo Indígena” asume un nuevo protagonismo. Bajo este paradigma, los pueblos indígenas son entendidos como pueblos originarios cuyos antepasados se encontraban en territorios que luego fueron conquistados, que además han conservado instituciones culturales y una identidad propia.
En el Perú, el Estado ha reconocido el espacio donde tradicionalmente se han desarrollado y organizado estas poblaciones mediante la Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de la Selva y Ceja de Selva, aprobado por Decreto Ley 22175 (1978), y con la Ley General de Comunidades Campesinas, Ley 24656 (1987). Ambas leyes han sido recogidas por la Constitución Política de 1993, la cual otorga legalidad a las comunidades nativas y comunidades campesinas.
Asimismo, desde 1995, los derechos de los pueblos indígenas u originarios se encuentran protegidos gracias a la entrada en vigencia del Convenio 169 de la OIT, el cual fue ratificado por el Congreso de la República en 1994.
El Viceministerio de Interculturalidad, en su calidad de organismo técnico especializado en materia indígena del Poder Ejecutivo, es la entidad que está a cargo de la creación y actualización de la Base de Datos. Mientras que el órgano directamente responsable es la Dirección General de Interculturalidad y Derechos de los Pueblos (Resolución Ministerial N° 202-2012-MC, que aprueba la Directiva N° 03-2012/MC).
La Base de Datos es actualizada con información generada por los diferentes sectores de la sociedad, entidades de la administración pública, organizaciones representativas de los pueblos indígenas e instituciones especializadas.
Ministerio de Cultura.
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