Desde la Corte explicaron también que la apología al terrorismo en ejercicio de la docencia puede ser sancionada con penas de 6 a 10 años de prisión.
La Corte Superior Nacional advirtió que la apología al terrorismo mediante las redes sociales puede ser sancionada con penas de 8 a 15 años de cárcel por ser considerado como un hecho agravante.
Asimismo, según explicó el juez Guillermo Huamán Vargas, presidente del Primer Juzgado Penal Colegiado Nacional de la Corte Superior Nacional, la apología al terrorismo en ejercicio de la docencia puede ser sancionada con penas de 6 a 10 años de prisión.
El magistrado señaló que el artículo 316-A del Código Penal sanciona el delito apología de terrorismo a quien exalta, justifica o enaltece el delito de terrorismo o de la persona que haya sido condenada por sentencia firme como autor o partícipe.
“En el caso del docente es considerado una circunstancia agravante, la segunda más grave, pues a esta persona se le confiere la responsabilidad de formar ciudadanos, y lo que estaría haciendo es distorsionar el comportamiento de ellos”, sostuvo.
En cuanto a las pruebas, el magistrado dijo que estas pueden ser desde un video, en caso la clase haya sido grabada o el testimonio de los estudiantes que recibieron el supuesto mensaje apologético por parte del docente.
“En este caso tendríamos que analizar el contenido apologético (dado por el docente), ya sea si este exalta o enaltece el delito de terrorismo o a la persona condenada por ese delito de terrorismo”, dijo.
Situación en redes sociales
Para el caso de la apología al terrorismo cuando se enaltecen o justifican estos hechos a través de medios de comunicación este comprende también su difusión en libros, escritos, imágenes visuales o el uso de tecnologías de la información o comunicación (redes sociales).
“La difusión de mensajes con contenido apologético a través de las redes sociales es considerada una de las circunstancias más graves que establece el código y la pena varía de 8 a 15 años, según el nivel de probanza, dijo.
Asimismo, indicó que una vez que se conoce el contenido del mensaje se analiza cuál fue la intencionalidad de la persona al difundirlo y si se tuvo la intención de justificar o enaltecer un hecho terrorista.
Hace unas semanas, el Primer Juzgado Penal Colegiado Nacional, que preside el juez Huamán Vargas, en audiencia de adelanto de fallo impuso ocho años de prisión a Julián Cuba Jurado y Richard Alex Cornejo por el delito de apología de terrorismo por enaltecer a través de sus redes sociales al condenado por terrorismo Abimael Guzmán.
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