Este viernes, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales archivó la denuncia constitucional contra Dina Boluarte por las muertes ocurridas en las protestas iniciadas en diciembre del 2022.
El defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, se pronunció tras la decisión de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso de archivar la denuncia constitucional contra la presidenta, Dina Boluerte, y varios de sus exministros, por su presunta responsabilidad en las muertes ocurridas durante las protestas antigubernamentales de fines del 2022 y comienzos del 2023.
Al respecto, durante una entrevista en el programa Prueba de fuego de RPP, señaló que la posición institucional de la Defensoría del Pueblo es que estas muertes “no queden impune”.
“Tenemos acreditados a nuestros comisionados que siguen el proceso penal en curso y estamos hablando entonces de la determinación de la responsabilidad de quienes han estado en los lugares operativos”, indicó.
No obstante, Gutiérrez cuestionó el procedimiento de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, al considerar que debió hacer una distinción: archivar la acusación contra Dina Boluarte, pero permitir que continúe el proceso contra los exministros implicados en este hecho.
“Si hay una acusación constitucional que va encausado a un ministro o cualquier otro aforado, no tiene la protección que sí la tiene el Instituto de la Presidencia”, mencionó.
En esta denuncia constitucional también estaban comprendidos los exmiembros del Gabinete Ministerial: Pedro Angulo, Alberto Otárola, César Augusto Cervantes, Jorge Chávez, Víctor Rojas y Vicente Romero.
Pide al TC pronunciarse sobre demanda competencial
En ese sentido, el defensor del Pueblo detalló que el Legislativo no tiene competencia para iniciar una acusación constitucional contra la presidenta de la República por este asunto, debido a que -según dijo- la ampara el artículo 117 de la Constitución, el cual establece que un mandatario en funciones no puede ser acusado salvo por casos muy específicos.
“No puedes imputarle, así de manera tan fácil, a un presidente de la República una comisión de delito cuando la misma Constitución, el artículo 117, estipula que no es pasible de ninguna investigación y sobre todo este tipo de delitos”, sostuvo.
Por último, invocó al Tribunal Constitucional a resolver cuanto antes la demanda sobre la interpretación del artículo 117.
“Esto está en el ámbito, digamos, del Tribunal Constitucional y haría muy bien [en pronunciarse] porque esa audiencia, creo hace más de un mes, quedó al voto y ya deberían resolver”, concluyó.