La empresa de servicios presentó una apelación luego de ser sancionada por cobrar más que las tarifas promocionales que exhibía.
Por medio de una resolución del Consejo Directivo de Osiptel, se ratificó una multa de 134 UIT (529,300 soles) a Telefónica. La empresa había presentado una apelación.
El caso
En el mes de marzo de 2013, la Gerencia de Fiscalización y Supervisión de Osiptel dio inicio a un procedimiento de supervisión, con el objetivo de verificar el cumplimiento del artículo 43º del Reglamento General de Tarifas, respecto de la aplicación de la tarifa de los paquetes promocionales “Dúos” y “Tríos”, en los meses de enero y febrero de 2013.
De acuerdo a lo señalado en el Informe Nº 254-GFS/2015 de fecha 10 de marzo de 2015, Telefónica habría incurrido en la infracción tipificada, como grave, en el segundo párrafo del literal del artículo 43º del Reglamento General de Tarifas, al aplicar tarifas mayores a las tarifas promocionales registradas con código SIRT TPTF201300002 y TPTF201300020, en las cíclicas de enero y febrero de 2013, afectando a treinta y ocho mil noventa (38,090) abonados por un importe de un millón cuatrocientos veintiocho mil setenta y cinco con 54/100 nuevos soles (S/. 1.428.075,54).
Telefónica interpuso un recurso de apelación el 8 de marzo de este año. Este recurso fue rechazado y la empresa tendrá que pagar la multa de 134 UIT, según lo publicado hoy en el diario El Peruano.
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