Gracias al reglamento de la Ley de Protección Datos Personales, una empresa o entidad podrá manejar información de las personas, solo con la autorización de estas.
El Perú ingresa a la cultura de protección de datos personales y se pone a la par de países modernos que han decidió defender la información de sus ciudadanos.
Desde ahora las personas que se vean afectadas por el uso inadecuado de sus datos personales, por ejemplo, cuando se le ofrezca un crédito o servicio público o privado, podrán denunciar y solicitar sanciones para las empresas o entidades que manejan su información.
Ello gracias a que el Gobierno, mediante el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) aprobó el reglamento de la Ley de Protección Datos Personales.
De esta manera, en adelante, para que una empresa o entidad pueda manejar información de las personas, deberá contar con la autorización de estas. Dicho consentimiento debe ser libre, previo, informado y expreso.
La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (APDP), instancia del Minjus, sancionará el uso inadecuado de este tipo de información, es decir, cuando se use para otros fines que no fueron los autorizados por los ciudadanos.
El reglamento regula también la transferencia de datos y su salida del país, así como la seguridad, la conservación, el respaldo y la recuperación de esta información y su transferencia electrónica.
Además, se obliga a las empresas y entidades a registrar sus bases de datos ante la APDP e inscribir un código de conducta que garantice el uso de estas.
De esta manera, la norma contribuye a la seguridad ciudadana, pues impide el tráfico de información que suele ser usado para cometer delitos de extorsión, secuestro y suplantación de identidad.
Cabe resaltar que la norma establece un plazo de dos años para que las bases de datos existentes se adecuen al reglamento. Las nuevas bases de datos deberán cumplir con la normativa actual.
Al culminar el plazo, se espera que las entidades públicas y privadas se encuentren adecuadas a los estándares de protección. De lo contrario, la APDP estará en condiciones de fiscalizar y sancionar con multas las infracciones.
El reglamento entrará en vigencia en el plazo de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial.
ANDINA
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