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TC tiene "decisión tomada" sobre demanda competencial que presentó el Ejecutivo para fijar límites en investigaciones a presidentes

"Ya estamos en etapa de firmas", dijo la presidenta del Tribunal Constitucional (TC), Luz Pachecho. | Fuente: RPP

En el programa Prueba de fuego, Luz Pacheco, presidenta del Tribunal Constitucional (TC), señaló que esta semana se daría a conocer la sentencia. "Es una sentencia que no mira a Dina Boluarte, sino a quien sea el presidente de la República", dijo.

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La presidenta del Tribunal Constitucional (TC) anunció este lunes que el organismo ya tiene una “decisión tomada” respecto a la demanda competencial presentada por el Poder Ejecutivo contra el Ministerio Público y el Poder Judicial, con el fin de precisar en qué casos puede investigarse al jefe del Estado.

"Es una sentencia que no mira a Dina Boluarte, sino a quien sea el presidente de la República", señaló durante una entrevista en el programa Prueba de fuego, de RPP TV.

Pacheco Zerga expresó su confianza en que la resolución se dé a conocer esta semana. “Somos conscientes de la urgencia de este tema”, afirmó, detallando que actualmente el TC está “recabando las firmas de cada magistrado” para proceder con la publicación del fallo.

En su opinión, la decisión del TC es “equilibrada” y refleja la “pluralidad que existe” en la institución.

El Ejecutivo sostiene que tanto el Ministerio Público como el Poder Judicial han ejercido sus competencias constitucionales de investigar presuntos delitos y administrar justicia “de manera indebida”, lo que habría afectado las atribuciones de la presidenta para dirigir la política general del Gobierno, conforme a lo dispuesto en el artículo 118, inciso 3, de la Constitución.

“Esta afectación deriva de la interpretación que ambas instituciones han venido aplicando al artículo 117 de la Constitución, en el sentido de permitir investigaciones contra el presidente de la República por cualquier delito”, se indica en el expediente del Ejecutivo.

El artículo 117 de la Constitución Política establece que "el presidente de la República solo puede ser acusado, durante su período, por traición a la Patria; por impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; por disolver la Cámara de Diputados, salvo en los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución, y por impedir la reunión o funcionamiento de cualquiera de las cámaras del Congreso, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral".

La demanda del Gobierno de Dina Boluarte se presentó luego de que la Fiscalía iniciara diligencias preliminares contra la mandataria por las muertes en las protestas sociales que se registraron en el país entre diciembre de 2022 y marzo de 2023; el caso Rolex y la desactivación del Equipo Especial Policial de Apoyo al Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción en el Poder (Eficcop).

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