Debido a que en primera instancia fue sentenciado a cuatro años de pena suspendida, su defensa legal demostró que su patrocinado compró terrenos legalmente
Vocales de la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, declararon la nulidad de la sentencia contenida en la resolución N° 8 emitida por el titular del Octavo Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo, que condenó a cuatro años de pena suspendida al empresario hotelero Víctor Gustavo Mejía Rosales.
Dicha condena era por el presunto delito de falsedad ideológica, en presunto agravio del notario Alfredo Santa Cruz Vera y la Sunarp de Chiclayo.
Según el expediente 01086-2014-70-1706-JR-PE-08 Agustín Uypan Senador y Luis Alberto Lora Aponte firmaron el contrato de compra venta del terreno eriazo ubicado en Pampas de Pimentel de 751,562.13 metros cuadrados, inscrito en la oficina registral de Chiclayo en la partida N° 11174659.
Para la inscripción de dicho predio, Lora Aponte, presentó la Escritura Pública N° 499, el certificado negativo catastral de la Municipalidad de Pimentel, para posteriormente vender 250 mil m2 a Ovidio Hercilio Esteban Carlos; quien a su vez el 3 de mayo del 2013 vende a Víctor Mejía Rosales, según escritura pública número 495, expedida por el notario Santa Cruz.
Luis Lora Aponte independizó el remanente de 501,562.13 metros cuadrados, en la partida registral N° 1111776999 el 25 de junio del 2013, y lo vende ante la notaria Méndez a Jorge Eduardo Bazán Plascencia, pero cuando esta persona pretende inscribir el título es observado por presuntas irregularidades.
La acusación
A criterio del Ministerio Publico, Luis Alberto Lora Aponte, Ovidio Hercilio Esteban Carlos y Víctor Gustavo Mejía Rosales, están incursos en el delito contra la Fe Pública, presuntamente en la transferencia de los predios independizados, los que se realizaron en la Notaria Santa Cruz, sin tomarse en cuenta que la propiedad se adquirió de buena fe a una persona que conoce desde hace varios años, habiendo verificado previamente la inscripción registral.
El abogado defensor del acusado Víctor Gustavo Mejía Rosales –doctor Walter Bernardo Torres Vera- solicitó a la Sala Penal de Apelaciones que la sentencia impugnada sea revocada y reformada, y que su patrocinado sea absuelto de la acusación fiscal, o alternativamente se declare la nulidad de la misma.
“La sentencia no se encuentra debidamente motivada; pues, dicha resolución adolece de una motivación aparente. Los argumentos para condenar no tienen base en los hechos, ya que no se ha establecido que mi patrocinado haya tenido conocimiento de la falsificación de algún documento y que haya sido cometida por Uypan Senador, y por lo tanto no se le debe imputar el delito de falsedad ideológica”, señaló.
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