Quienes produzcan ruidos molestos que cause molestia a la comunidad y que superen los decibeles permitidos, serán sancionados con 1 975 soles.
La Municipalidad de Castilla, en la provincia de Piura, aprobó por unanimidad la ordenanza municipal Nº 19-2016, para la prevención y control de ruidos molestos; es decir queda prohibido toda clase de ruidos y vibraciones que contamine el ambiente y perturbe la tranquilidad de los vecinos, ya sea de día o de noche.
La norma busca prevenir, fiscalizar y sancionar la emisión de ruidos molestos y vibraciones nocivas, que se produzcan en la vía pública y en el espacio aéreo, así como en todo inmueble o lugar, donde se desarrollen actividades públicas y privadas.
La ordenanza precisa que en zonas de protección especial (centros de salud, instituciones educativas, asilos y orfanatos), se permiten 60 decibles en el horario de 7:00 a.m. a 10.00 p.m. En tanto que de 10:00 p.m. a 7:00 a.m. lo máximo permisible es de 40 decibles.
De acuerdo a la ordenanza municipal, quienes produzcan ruidos molestos, sea cualquiera el origen o lugar, que prevenga de una fuente fija o móvil, que cause molestia a la comunidad y que superen los decibeles permitidos, serán sancionados con el 50 % de una Unidad Impositiva Tributaria, equivalente 1 975 soles. Además, se aplicará el cierre temporal, así como el decomiso de la fuente generadora del ruido.
Asimismo por producir ruidos nocivos en zonas de protección especial la sanción será de 3 950 soles una UIT, el cierre temporal y decomiso de la fuente generadora del ruido.
Comparte esta noticia