Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Las cosas como son
La entrada en política de Carlos Añaños
EP 438 • 02:25
Entrevistas ADN
Presidenta decidió llevar una delegación poco numerosa a China, dice ministra
EP 1692 • 12:35
Informes RPP
Sunass advierte aumento en la tarifa de agua, ¿de qué se trata?
EP 1154 • 03:41

Piura: aprueban ordenanza contra ruidos molestos en Castilla

Asimismo por producir ruidos nocivos en zonas de protección especial la sanción será de 3 950 soles una UIT, el cierre temporal y decomiso de la fuente generadora del ruido.
Asimismo por producir ruidos nocivos en zonas de protección especial la sanción será de 3 950 soles una UIT, el cierre temporal y decomiso de la fuente generadora del ruido. | Fuente: Cortesía (Municipalidad de Castilla)

Quienes produzcan ruidos molestos que cause molestia a la comunidad y que superen los decibeles permitidos, serán sancionados con 1 975 soles.

La Municipalidad de Castilla, en la provincia de Piura, aprobó por unanimidad la ordenanza municipal Nº 19-2016, para la prevención y control de ruidos molestos; es decir queda prohibido toda clase de ruidos y vibraciones que contamine el ambiente y perturbe la tranquilidad de los vecinos, ya sea de día o de noche.

La norma busca prevenir, fiscalizar y sancionar la emisión de ruidos molestos y vibraciones nocivas, que se produzcan en la vía pública y en el espacio aéreo, así como en todo inmueble o lugar, donde se desarrollen actividades públicas y privadas.

La ordenanza precisa que en zonas de protección especial (centros de salud, instituciones educativas, asilos y orfanatos), se permiten 60 decibles en el horario de 7:00 a.m. a 10.00 p.m. En tanto que de 10:00 p.m. a 7:00 a.m. lo máximo permisible es de 40 decibles.

De acuerdo a la ordenanza municipal, quienes produzcan ruidos molestos, sea cualquiera el origen o lugar, que prevenga de una fuente fija o móvil, que cause molestia a la comunidad y que superen los decibeles permitidos, serán sancionados con el 50 % de una Unidad Impositiva Tributaria, equivalente 1 975 soles. Además, se aplicará el cierre temporal, así como el decomiso de la fuente generadora del ruido.

Asimismo por producir ruidos nocivos en zonas de protección especial la sanción será de 3 950 soles una UIT, el cierre temporal y decomiso de la fuente generadora del ruido.
 

Tags

Lo último en Piura

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA