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ONPE sancionó a Acción Popular por no cumplir con presentar Información Financiera del 2021

En el informe se concluye también que la citada organización política no cumplió con presentar su IFA 2021.

En el informe se concluye también que la citada organización política no cumplió con presentar su IFA 2021. Fuente: Andina

La ONPE informó que Acción Popular debió presentar su información financiera hasta el 1 de julio del 2022, de acuerdo a las normas electorales. En consecuencia, el partido político fue sancionado con una multa de 40.3 unidades impositivas tributarias, equivalente a 199 485 soles.

El partido político Acción Popular fue sancionado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) con una multa de 40.3 unidades impositivas tributarias —equivalente a 199 485 soles— por no haber cumplido con presentar su Información Financiera Anual (IFA 2021) en el plazo legal establecido.

La entidad electoral informó que la organización política debió presentar su información financiera hasta el 1 de julio del 2022, de acuerdo a las normas electorales.

Asimismo, la ONPE indicó que, con fecha 22 de marzo del 2023, mediante una Resolución Jefautral, exhortó a la organización política a regularizar la infracción cometida, considerada muy grave, conforme a lo señalado en el artículo 36-A de la Ley de Organizaciones Políticas (LOP).

También fijó notificar a la organización política el contenido de la resolución jefatural, de conformidad con el artículo 36-A de la Ley de Organizaciones Políticas.

Además, la disposición comunicó a Acción Popular que aún se encuentra dentro del plazo legal de 15 días hábiles, luego de ser notificada la resolución, para impugnar administrativamente la misma.

Diposición de la ONPE

La Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios determinó la existencia de responsabilidad del partido de la lampa, debido a que no presentó su información financiera 2021 en el plazo previsto por ley, el 1 de julio del 2022, razón por la cual se configuró la conducta omisiva tipificada como infracción en el numeral 4 del literal c) del artículo 36 de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas y sus modificatorias.

Igualmente, el 13 de julio del 2022, la Subgerencia de Verificación y Control dejó constancia de que Acción Popular tampoco subsanó las observaciones efectuadas por la entidad y, en consecuencia, se tiene como no presentada la IFA 2021.

Posteriormente, a través deu informe del 4 de agosto del 2022, se realizó una nueva verificación de las organizaciones políticas que, hasta ese momento, no cumplieron con presentar la IFA 2021 o no subsanaron las observaciones realizadas a la misma.

En ese informe se concluye también que la citada organización política no cumplió con presentar su IFA 2021. “Así las cosas, se encuentra acreditado que la organización política no presentó su IFA 2021 dentro del plazo legal otorgado, esto es, hasta el 1 de julio del 2022, configurándose así la conducta típica”, establece la resolución.

(Con información de Andina)


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