El tamaño mínimo de la cédula de sufragio será de 21 centímetros de largo x 26 de ancho. ONPE también dio detalles de la cédula electrónica.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), aprobó, mediante resolución jefatural publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, el diseño de las cédulas de sufragio manual y electrónica para las elecciones regionales y municipales que se realizarán el 05 de octubre de este año.
Según la norma publicada, el tamaño mínimo de la cédula de sufragio para las elecciones regionales será de 21 centímetros de largo x 26 de ancho y de acuerdo al número de organizaciones políticas que se presenten, el largo se incrementará proporcionalmente hasta un máximo de 26 centímetros.
Para el caso de la cédula de sufragio municipal provincial, sus dimensiones serán, cuando incluya de 01 a 05 organizaciones políticas, de 16 centímetros de largo x 21 de ancho, en formato horizontal. A partir de 06 organizaciones políticas será de formato vertical con un mínimo de 21 centímetros y hasta un máximo de 33. El ancho se mantendrá constante, siendo este de 16 centímetros.
Las medidas del diseño de la cédula de sufragio municipal provincial-distrital serán, en un tamaño mínimo de 21 centímetros de largo x 24 de ancho y de acuerdo al número de organizaciones políticas que se presenten, el largo se incrementará proporcionalmente hasta un máximo de 40 centímetros.
Cédulas electrónicas
En el caso de la cédula de votación electrónica para las regiones, la provincia constitucional del Callao, y la municipal provincial-distrital , ésta será visualizada dentro de una pantalla sensible al tacto con un tamaño de 27 centímetros de ancho y en un rango de 27 a 50 centímetros de largo.
En el caso de una segunda vuelta para las elecciones regionales, el tamaño de la cédula de sufragio será de 15 centímetros de largo x 21 de ancho.
El pasado 24 de enero el presidente Ollanta Humala, convocó, mediante Decreto Supremo, a las elecciones para elegir a presidentes, vicepresidentes y consejeros regionales de todo el país, así como de alcaldes y regidores de los municipios en toda la República.
De acuerdo a ley, para elegir al presidente y vicepresidente del gobierno regional, se requiere no menos del 30% de los votos válidos y, si no se supera dicho porcentaje, se procede a una segunda elección, dentro de los 30 días calendarios siguientes, entre los dos candidatos más votados.
La norma publicada, recordó que la ONPE, debe publicar el diseño de la cédula de sufragio dentro de los dos días naturales al cierre de inscripción de candidaturas (que finalizó en la víspera), “con el objeto que los personeros acreditados puedan presentar impugnaciones respecto al diseño” de la cédula ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), de conformidad a Ley”.
ANDINA
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