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Decreto 1097 estará sujeto a control del PJ y TC, afirma García Toma

Foto: ANDINA
Foto: ANDINA

El grupo Colina no podrá acceder a esta norma porque se encuentra en juicio oral y el dispositivo es aplicable si los plazos vencieron en etapa de instrucción, aclaró.

El ministro de Justicia, Víctor García Toma, aseveró que el decreto legislativo 1097, que posibilita el sobreseimiento de casos de violación de derechos humanos por exceso de plazo, estará sujeto al control político del Parlamento y a la interpretación del Poder Judicial.

Sostuvo que, incluso, dicho decreto puede ser objeto de interpretación del Tribunal Constitucional (TC) si su aplicación es impugnada ante ese organismo.

"Esta norma va a ser objeto de un control político por parte del Parlamento, y va a ser sujeto de una interpretación por parte del Poder Judicial y el propio Tribunal Constitucional. Esperemos confiados que estas instancia ante cualquier duda que pueda aparecer de la lectura de la misma, pueda ser subsanada", manifestó.

Precisó que el decreto legislativo busca establecer algunas reglas para procesos vinculados a los derechos humanos abiertos a policías y militares que pudiesen ser objeto de una infracción al debido proceso por exceso en el plazo de instrucción.

Comentó que de determinarse un exceso injustificado podrá disponerse el sobreseimiento de los proceso, pero aclaró que no será automático ni bastará con señalar que ya se dio el vencimiento de los plazos, pues deberá determinarse las razones y si esto sucedió por la falta de colaboración de los procesados.

Aclaró que el grupo Colina no podrá acceder a lo alcances de este decreto porque ellos se encuentran en juicio oral, y el dispositivo señala que es aplicable si los plazos vencieron en la etapa de instrucción.

García Toma enumeró que este beneficio no alcanza a los procesados por el caso El Frontón, Barrios Altos, La Cantuta, Pedro Yauri y El Santa.

Refirió que el tema central es que los procesos judiciales se lleven a cabo dentro de los plazos señalados por los códigos y leyes.

Más adelante, negó también que pueda beneficiarse Alberto Fujimori, ya que la norma en mención está dirigida a militares y policías cuyos procesos se encuentran en etapa de instrucción, mientras que el ex mandatario es civil y tiene una condena firme.

Igualmente, mencionó que Fujimori no puede salir en libertad pues carece –por ejemplo- del derecho a la gracia presidencial, dado que el 2006 se dictó una disposición que prohibía al gobernante de turno aplicar ese derecho a los condenados por secuestro, y el ex mandatario fue sentenciado el 2009 también por ese delito. Andina


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