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Dictan disposiciones sobre bono por escolaridad de S/. 400

Foto: Andina (referencial)
Foto: Andina (referencial)

Para percibir este monto, el personal debe estar laborando a la feche de vigencia de la norma, y debe contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses.

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El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) estableció disposiciones reglamentarias para el otorgamiento de la bonificación por escolaridad a funcionarios, servidores y pensionistas de la administración pública que asciende hasta 400 soles para el año 2013.

Esta bonificación la perciben los funcionarios, servidores nombrados y contratados bajo el régimen legislativo 276, obreros permanentes y eventuales, personal de las FFAA y PNP, así como los pensionistas de los regímenes 15117, 19846 y 20530, además de los trabajadores del sector público que se encuentran bajo el régimen de la actividad privada.

Este monto se financia con cargo a los créditos presupuestarios asignados para dicho fin en el presupuesto institucional de las entidades públicas. En el caso de los gobiernos locales, se financia con cargos a sus respectivos ingresos corrientes.

Para percibir este monto, el personal debe estar laborando a la feche de vigencia de la norma, y debe contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses.

Para el magisterio nacional, la bonificación se otorga a los docentes con jornada laboral completa.

La bonificación por escolaridad no está afecta a los descuentos por cargas sociales, fondos especiales de retiro o aportaciones al sistema privado de pensiones.

La norma, publicada en Normas Legales del diario El Peruano, está firmada por el presidente Ollanta Humala, y el ministro Luis Miguel Castilla.




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