Víctor García Toma aseguró que el Ejecutivo actuó en concordancia con la Constitución al emitir un grupo de decretos legislativos en el marco de la delegación de facultades.
El ministro de Justicia, Víctor García Toma, descartó que el Decreto Legislativo 1097 vaya a beneficiar a los miembros del grupo paramilitar Colina, al ex presidente Alberto Fujimori, o a cualquier otro personaje responsable de violaciones a los derechos humanos.
"Esta norma no alcanza a ninguna de las personas que estuvieron comprometidos en (las matanzas de) La Cantuta, Barrios Altos o El Frontón, por cuanto en algunas circunstancias son ya condenados y en otras están en juicio oral. Tampoco alcanza a Fujimori, ya que él no es ni militar ni policía", afirmó.
Según indicó, para poder acceder a este sobreseimiento los procesos deben encontrarse en una etapa anterior al juicio oral.
Asimismo, rechazó que se intente "extender un manto de impunidad" con otro de los puntos más criticados del decreto 1097: que la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Lesa Humanidad, "surte efectos y rige para Perú a partir del 9 de noviembre de 2003", cuando el país se adhirió a ese convenio.
Remarcó que el Perú es suscriptor de otros convenios internacionales como la Convención Interamericana de Derechos Humanos y que "la Corte Interamericana ha señalado que los casos de delitos de lesa humanidad no prescriben, y esa jurisprudencia es vinculante para Perú".
Sin embargo, reconoció que el decreto 1097 sí afectaría en este punto para "ciertas obligaciones de extradición y normas ligadas a conductas de altas autoridades", que se recogen en la convención firmada en 2003.
EFE
"Esta norma no alcanza a ninguna de las personas que estuvieron comprometidos en (las matanzas de) La Cantuta, Barrios Altos o El Frontón, por cuanto en algunas circunstancias son ya condenados y en otras están en juicio oral. Tampoco alcanza a Fujimori, ya que él no es ni militar ni policía", afirmó.
Según indicó, para poder acceder a este sobreseimiento los procesos deben encontrarse en una etapa anterior al juicio oral.
Asimismo, rechazó que se intente "extender un manto de impunidad" con otro de los puntos más criticados del decreto 1097: que la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Lesa Humanidad, "surte efectos y rige para Perú a partir del 9 de noviembre de 2003", cuando el país se adhirió a ese convenio.
Remarcó que el Perú es suscriptor de otros convenios internacionales como la Convención Interamericana de Derechos Humanos y que "la Corte Interamericana ha señalado que los casos de delitos de lesa humanidad no prescriben, y esa jurisprudencia es vinculante para Perú".
Sin embargo, reconoció que el decreto 1097 sí afectaría en este punto para "ciertas obligaciones de extradición y normas ligadas a conductas de altas autoridades", que se recogen en la convención firmada en 2003.
EFE
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