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Minjus: Procesados por corrupción pagarán más por abogados del Estado

Ministerio de Justicia establece nuevas tasas de prestación de los servicios no gratuitos de Defensa Pública para priorizar la atención de personas de bajos recursos económicos.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) aprobó la tabla de aranceles para la prestación de los servicios no gratuitos de defensa pública, según la cual los procesados por corrupción deberán pagar el monto máximo aplicable y se priorizará la atención gratuita a las personas de escasos recursos, así como a la protección de víctimas.

A través de un Decreto Supremo, el Minjus corrige que personas con recursos económicos, como funcionarios públicos procesados por delitos de corrupción, se beneficiaran de la atención gratuita que ofrece la Dirección General de Defensa Pública.

Tráfico de influencias, peculado, cohecho, colusión, malversación de fondos, abuso de autoridad y cobro indebido son algunos de los delitos cometidos por funcionarios públicos -cuyas sanciones contempla el Código Penal- a los cuales se aplicará el arancel máximo para acceder al servicio de defensa pública en cualquier tipo de acción procesal.

El arancel para la prestación del servicio de defensa pública tiene como base de cálculo la Remuneración Mínima Vital. El pago del monto fijado se realizará antes de cada acción procesal de un defensor público, al cual se le añadirán los intereses legales correspondientes de no cumplirse con su cancelación.

Las escalas del arancel, para que personas con recursos accedan al servicio de los defensores públicos, se dividen de acuerdo al nivel de ingresos o patrimonio de quien busca asistencia legal.

La escala 1 contempla a las personas con ingresos o patrimonio mayores a S/. 25 mil y hasta S/. 50 mil, las cuales deberán pagar el 20 por ciento del arancel, según los montos establecidos para cada  procedimiento.

Mientras que las escala 2 se refiere a personas con ingresos o patrimonio mayores a S/. 50 mil y hasta S/. 150 mil,  las cuales deberán abonar el 60 por ciento del arancel.  Y la escala 3 considera a quienes superan los S/. 150 mil en ingresos o patrimonio, que deberán pagar el íntegro del arancel.

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