Exministro de Justicia indicó que los condenados por terrorismo cuando acceden a la liberación condicional, de acuerdo al DL 927, tienen impedimento de salida del país.
Los permisos judiciales concedidos hasta el momento a dos condenados por terrorismo, Lori Berenson y Lautaro Mellado, generó la reacción del exministro de Justicia, Aurelio Pastor, quien recordó que la liberación condicional de la que gozan ambos exemerretistas está sujeta al impedimento de salida del país.
En diálogo con RPP Noticias, explicó que si bien la Ley 29423 de 2009 derogó los beneficios penitenciarios a los terroristas, la situación de los condenados hasta antes de la publicación de esta norma sigue regulada por el DL 927.
“El artículo sexto del DL 927 (derogado por la Ley 29423) es absolutamente claro. El juez al otorgar la libertad condicional dispondrá el impedimento de salida del país del liberado. Aquí no hay ninguna duda”, señaló.
En el caso de Berenson, el también excongresista aprista señaló que un primer juzgado le negó el permiso de viajar a los Estados Unidos, pero en segunda instancia, el Colegiado “C” accedió al requerimiento en solo 24 horas pese a los argumentos del procurador antiterrorismo, Julio Galindo.
Ahora, consideró que la también exemerretista Nancy Gilvonio accedería al mismo beneficio porque “al mismo hecho el mismo derecho. Con qué argumento se le podría negar”. La viuda de Néstor Cerpa Cartollini solicitó un permiso para trasladarse a Francia.
De otro lado, comentó que si Lori Berenson no regresa al país en el tiempo determinado se revocaría su libertad condicional y de inmediato se tendría que oficiar una orden de captura para que la Interpol la ubique y conduzca nuevamente a Perú.
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