El predictamen de la comisión de Constitución deja abierta la posibilidadad a los sentenciados, en primera instancia, por corrupción y otros delitos graves para postular a cargos públicos. La ONG Transparecia pide la modificación de dicho artículo.
No es nuevo el trabajo realizado para conseguir una reforma constitucional que impida postular a cargos públicos de elección popular a todo aquel sentenciado por corrupción entre otros delitos graves. El año pasado, en la comisión de Constitución, del Congreso disuelto, se había aprobado la prohibición, por delitos dolosos, para quien quisiera ocupar un cargo de ese tipo. Hoy todas las miradas están sobre la comisión de Constitución del Parlamento, presidida por el congresista Omar Chehade de la bancada de Alianza para el Progreso (APP), tras conocerse el predictamen de la reforma constitucional, debido a que se mantiene la posibilidad de que sentenciados en primera instancia por delitos de corrupción, entre otros, puedan participar en comicios.
En el documento, se lee: “Están impedidos de postular a cargos de elección popular, las personas sobre quienes recaiga una sentencia condenatoria emitida en primera instancia, en calidad de autoras, por la comisión de los tipos penales referidos al terrorismo, apología al terrorismo, tráfico ilícito de drogas o violación de la libertad sexual, de acuerdo con los términos establecidos en la ley (artículo 34A)” Esto significaría que podrán postular todos los que tienen sentencia en primera instancia por otros graves delitos, por ejemplo: corrupción.
FUNDAMENTO DEL PREDICTAMEN
Según el análisis de proporcionalidad presentado en el predictamen, se reconoce que existen pocas posibilidades de que falle una condena errada: “Encuentra asidero en ltas posibilidades teóricas que brinda el modelo procesal penal actual, de que el sentenciado en primera instancia sea, efectivamente, culpable de los delitos que se le acusan. El derecho de los procesados a ser juzgados por un juez imparcial está garantizado por el sistema, reduciendo las posibilidades de una condena errada”.
Sin embargo, menciona también la corrupción y baja credibilidad que posee el Poder Judicial ante la opinión pública, incluso citan como caso a “Los cuellos blancos”, dejando en evidencia también que existe la posibilidad de manipulación o corrupción de este poder del Estado. Bajo este ejemplo, se asegura que se pueden conseguir sentencias express: “Es una sombra que no desaparece ni puede ser dejada de lado a la hora de analizar una propuesta legislativa como la presente”, se lee. Es por esta razón, se cita en el predictamen, el porqué de delimitar sus alcances a ciertos delitos de mucha gravedad, “una condición necesaria para equilibrar sus efectos” incluso se alerta que de lo contrario se justificarían “atropellos contra candidatos que podrían ver frustradas sus aspiraciones basados en la manipulación política de autoridades judiciales o en la tarifa que el soborno o la extorsión puedan fijar”.
PREOCUPACION POR LA APROBACION DEL PREDICTAMEN SIN INCLUIR A LA CORRUPCION
Desde la Asociación Civil Transparencia se exorta a la comisión de constitución a priorizar la discusión de dictámenes sobre el impedimento de la postulación de sentenciados en primera instancia por delitos graves, entre ellos la corrupción el cual no fue considerado.
En las últimas elecciones congresales, cuando las instituciones electorales hicieron un chequeo de la información que presentaron los candidatos al postular, se obtuvo que “más del 6% de candidatos señaló en la útlima elección que tenían sentencias penales y de ese grupo, los delitos más frecuentes eran los delitos vinculados con la corrupción. Incluso hay varios casos de candidatos que habiendo teniendo sentencia o procesados eventualmente llegaron al parlamento”, explica Iván Lanegra, secretario general de Transparencia.
El año pasado a través de la plataforma Candidatos 2020, elaborada por la Presidencia del Consejo de Ministros, se pudo conocer que alrededor de 70 de los 3 056 aspirantes al Congreso, presentaban denuncias por corrupción. Ellos pertenecían a los partidos políticos Perú Patria Segura, Perú Libre, Perú, Vamos Perú, Alianza para el Progreso, Unión por el Perú, Podemos por el Progreso del Perú, Juntos por el Perú, Somos Perú, Fuerza Popular, Todos por el Perú, Avanza País, Solidaridad Nacional, Frente Amplio, Partido Popular Cristiano,Perú Nación, Acción Popular, Democracia Directa, Renacimiento Unido Nacional, Partido Aprista, Partido Morado, y Contigo. No hay candidatos del Frente Popular Agrícola del Perú (Frepap) con procesos por corrupción; sin embargo, dicho partido político sí presentó en sus listas a un candidato con proceso penal por presunto tráfico ilícito de drogas.
Un congresista no puede tener nexos con la corrupción, para Iván Lanegra este delito es relevante por la labor que ejerce el congresista: “El delito de la corrupción es particularmente relevente porque además en un contexto donde la labor parlamentaria es una labor crítica en la lucha contra la corrupción de personas, que estén involucradas, más allá de que haya una sentencia firme ya le genera un problema bien serio de legimitimidad” añadió.
ANALISIS CONSTITUCIONAL
Para el constitucionalista Omar Cairo, existe una contradicción en el fundamento del predictamen al restringir solo a 4 delitos, pues la alta posibilidad de sentencia ratificada que se cita como ejemplo en el predictamen también podría aplicarse en delitos de corrupción.
“No estoy de acuerdo con el predictamen. Creo que comete un error al restringir la limitación solamente a 4 delitos y este error radica en que se contradice con la fundamentación que tiene, la comisión agrega que tener sentencia condenatoria en primera instancia en el marco procesal penal actual significa que hay altas posibilidades de que la sentencia sea ratificada y la posibilidad de error sea reducida. Ese analisis me parece impecable lo que no entiendo es por qué se limita a los 4 delitos y una explicación que aparece es que en el resto de delitos hay posibilidad de atropellos a los candidatos por manipulacion política. Si esa posibilidad existe, existe para todos los delitos y si no existe no existe para ningún delito” afirmó.
Hacer la diferencia en base a esto para excluir a los demás delitos no tiene sentido, asegura el constitucionalista: “Creo que el razonamiento que justifica el impedimento para postular a aquellos sentenciados por los 4 delitos que mencionan en el dictamen se extiende al resto de delitos corrupcion, por ejemplo”.
SE PEDIRA RECONSIDERACION DEL DICTAMEN EN LA COMISION DE CONSTITUCION
Para la congresista María Retamozo, de la bancada del FREPAP, se debe incluir otros delitos en el predictamen: “Pienso que se debería ampliar más delitos como colusión, peculado o corrupción de funcionarios, es ambiguo lo que se está proponiendo y no recogen los proyectos que también han presentado otros colegas de otras bancadas en la comisión”.
Retamoso exhorta al presidente de la comisión de constitución, Omar Chehade, a realizar este cambio en el predictamen. “Pienso que si el presidente de la comisión tiene la voluntad de que realmente se establezca otros delitos como impedimento para postular,sí va a ser posible, pero tambien depende de la mayoria de los mimebros de la comisión. El predictamente solo tiene un artículo es muy sencillo aplicar un texto sustitutorio, pero depende de la buena voluntad”, sostiene.
“Aún seguimos analizando qué otros tipos de delitos se pueden incorporar, pero definitivamente nos pronunciaremos al respecto, lo que se quiere es que si las personas tienen la vocación de servir al país no tengan este tipo de antecedentes en estos tipos de delitos. Es necesario nuestra participación para solicitar la incorporación de otros delitos”, concluye.
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