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Dictamen aprobado en el Congreso sobre inmunidad parlamentaria "es un retroceso significativo", según Carlos Torres Caro

Dictamen aprobado en el Congreso sobre inmunidad parlamentaria "es un retroceso significativo", según Carlos Torres Caro | Fuente: RPP

El abogado y exparlamentario Carlos Torres Caro explicó en RPP que actualmente está vigente una inmunidad parlamentaria relativa, que protege a los legisladores ante denuncias por sus opiniones y votos realizados en el ejercicio de su función legislativa.

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La Comisión de Constitución del Congreso aprobó el dictamen que propone restablecer en la Carta Magna la figura de la inmunidad parlamentaria. De aprobarse, estará vigente para senadores y diputados que serán electos tras los comicios de 2026.

La iniciativa -que tuvo 14 votos a favor, tres en contra y cinco abstenciones- ha incorporado un marco legal que "garantiza tanto la independencia del Poder Legislativo como el respeto al debido proceso y transparencia", indicó el Congreso en su comunicado.

Al respecto, el abogado Carlos Torres Caro precisó que la inmunidad parlamentaria "nunca desapareció", sino el concepto de inmunidad parlamentaria absoluta. "Es decir, aquella inmunidad que protegía al parlamentario por delitos comunes cometidos antes, durante o después del ejercicio de la función congresal", indicó en Ampliación de Noticias.

"La inmunidad relativa existe actualmente en el país, está en la Constitución. Lo que se quiere es la absoluta, que te protege contra todo (denuncias comunes), contra cualquier cosa que le suceda al parlamentario antes, durante y después. Y la inmunidad relativa es aquella que te protege contra los votos y opiniones que en el ejercicio de tu función parlamentaria tú realizas", añadió.

¿Es válida en este contexto para el Congreso?

Frente a las denuncias contra congresistas, o desde el Congreso hacia el Ejecutivo y viceversa, Torres Caro sostuvo que no es válido retomar la figura como está planteada de acuerdo con el dictamen aprobado en la Comisión de Constitución.

"Desde nuestra primera carta constitucional, ha existido la inmunidad parlamentaria de carácter absoluta, pero esto fue en el año 2021 con la Ley 31018, precisamente fue eliminada para efectos de solamente los delitos que tienen que ver con el ejercicio del cargo de congresista son protegidos, o sea, por tus votos, por tus acciones, en el marco de tu actuación", sostuvo.

Al respecto, dijo que la inmunidad relativa existe en varias partes del mundo, pero que el dictamen aprobado "es un retroceso significativo" para la historia constitucional peruana.

"Es un retroceso significativo porque aparece una lesión a lo que se llama la transparencia en el ejercicio de la función y además vamos a ir más allá de algunos que podrían pensar que se trata de una impunidad futura, es decir, aquellos congresistas actuales que tienen persecuciones penales y que sean reelectos en el 2026, ya estarían protegidos", refirió.

"Es decir, se librarían de todas las investigaciones penales que actualmente tienen. Eso es lo que hay que evitar. Por eso debe decirse claramente en esa modificación que los procesos anteriores no tendrían en todo caso que ver nada y que arrancarían de cero, digamos, para adelante. Porque si no sería así una estrategia de impunidad lo que se estaría tratando de hacer", sentenció.

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Ernesto Astonitas

Ernesto Astonitas Periodista

Licenciado en Comunicación y Periodismo por la UPC, con experiencia en medios digitales. Llevé un posgrado en periodismo deportivo en España que le permitió realizar cobertura audiovisual en MARCA el 2024, año de Eurocopa, Copa América y Juegos Olímpicos. Actualmente en el equipo digital de RPP Noticias cubriendo actualidad y, en la medida de lo posible, deporte internacional. De vez en cuando leo libros, y escucho podcasts, que conecten el fútbol con la historia, cultura y música.

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