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Congresista Luis Cordero Jon Tay presentó proyecto para que los contribuyentes descuenten pagos por extorsión en el impuesto a la renta

Luis Cordero Jon Tay, legislador de la bancada derechista APP.
Luis Cordero Jon Tay, legislador de la bancada derechista APP. | Fuente: Congreso de la República

Según la propuesta del parlamentario de Alianza para el Progreso (APP), para acreditar la pérdida de dinero como consecuencia del delito de extorsión, las víctimas deberán presentar solo una declaración jurada.

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En medio de la creciente ola de inseguridad ciudadana que azota al país, el congresista de la bancada de Alianza para el Progreso (APP), Luis Gustavo Cordero Jon Tay, presentó un proyecto de ley que permitiría a los contribuyentes deducir del impuesto a la renta los pagos realizados por concepto de extorsión.

De acuerdo con la iniciativa, presentada el martes 14 de octubre, para acreditar la pérdida de dinero como consecuencia del delito de extorsión, las víctimas deberán presentar una declaración jurada. No obstante, si la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) determina que el contribuyente ha proporcionado información falsa, podrá presentar una denuncia penal ante el Ministerio Público.

El proyecto de ley propone que los pagos por extorsión, considerados como pérdidas económicas extraordinarias, puedan ser deducidos del impuesto a la renta que pagan las víctimas de este tipo de delitos.

La propuesta plantea modificar el literal d) del artículo 37 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, incorporando como deducibles las extorsiones: "Las pérdidas extraordinarias sufridas por caso fortuito o fuerza mayor en los bienes productores de renta gravada o por delitos cometidos en perjuicio del contribuyente por sus dependientes o terceros, en la parte en que tales pérdidas no resulten cubiertas por indemnizaciones o seguros, y siempre que se haya probado judicialmente el hecho delictuoso o que se acredite que es inútil ejercitar la acción judicial correspondiente".

En ese sentido, tratándose de pérdidas extraordinarias originadas por delitos de extorsión cometidos en perjuicio del contribuyente, el documento señala que será necesaria la presentación de una declaración jurada con huella digital y firma legalizada notarialmente, acompañada de los medios probatorios correspondientes.

Cordero Jon Tay sostiene que, con su proyecto de ley, “se busca establecer un mecanismo ágil y seguro” que permita a los contribuyentes víctimas de extorsión acreditar sus pérdidas extraordinarias sin exponerse a riesgos adicionales.

“De esta forma, no solo se protege la integridad física y la vida de los contribuyentes y sus familias, sino que además se garantiza que puedan declarar y deducir de manera efectiva los montos reales de las pérdidas sufridas al momento de cumplir con sus obligaciones tributarias”, se lee en el fundamento de la propuesta.

Asimismo, añade que “se asegura que el sistema tributario refleje con mayor fidelidad la verdadera capacidad contributiva de los afectados, evitando que se vean obligados a tributar sobre utilidades ficticias o inexistentes, y reforzando los principios de equidad y justicia tributaria”.

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