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Dina Boluarte pide apartar a Norma Yarrow de votación en Subcomisión de Acusaciones Constitucionales

La vicepresidente advierte que legisladora no puede ser juez y parte por haber presentado la denuncia constitucional en su contra
La vicepresidente advierte que legisladora no puede ser juez y parte por haber presentado la denuncia constitucional en su contra | Fuente: Composición

En un oficio a la presidenta de la SAC, Lady Camones, la vicepresidenta de la República señaló que se trata de evitar que el congresista que suscribe y presenta una denuncia constitucional en su contra, "sea juez y parte del procedimiento de acusación constitucional", como en el caso de Yarrow.

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La vicepresidenta de la República, Dina Boluarte, solicitó a la presidenta de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC), Lady Camones, que aparte a la congresista Norma Yarrow (Avanza País) de la votación sobre el informe final de la denuncia constitucional en su contra, porque la legisladora fue quien presentó la acusación.

La también ministra de Desarrollo Social e Inclusión Social (Midis) refiere que el artículo 89, inciso c) del Reglamento del Congreso establece que los congresistas que integran la Subcomisión están impedidos de presentar denuncias constitucionales.

Con dicho impedimento, menciona, se trata de evitar que el congresista que suscribe y presenta una denuncia constitucional, "sea juez y parte del procedimiento de acusación constitucional".

"Se da el caso que la señora Norma Yarrow Lumbreras, actual miembro de la Subcomisión fue la congresista que presentó la denuncia constitucional que es materia del proceso de autos", advierte Boluarte en un oficio dirigido a Camones.

Documento donde Boluarte recomienda que Yarrow sea apartada de la subcomisión

Documento donde Boluarte recomienda que Yarrow sea apartada de la subcomisiónFuente: Congreso

Argumenta que Yarrow debe ser apartada

Por ello, sostiene la vicepresidenta, que la congresista Yarrow debe ser apartada de la votación del presente caso, pues si bien al momento de presentar la denuncia constitucional no era integrante de la Subcomisión, actualmente sí tiene esa calidad y por tanto se presenta el mismo procedimiento previsto en el artículo 89 inciso c) es decir, no puede ser juez y parte interesada.

"La lógica jurídica es muy sencilla: la calidad de miembro de la Subcomisión la inhabilita para votar el caso que ella misma ha denunciado", afirma.

Dina Boluarte recordó que la propia parlamentaria (tal como consta en sus redes sociales) aceptó el mandato del Reglamento del Congreso en otro procedimiento de acusación constitucional, específicamente la denuncia constitucional por traición a la patria contra del presidente de la República.

La vicepresidenta señala que de no prosperar su solicitud y en estricta defensa de sus derechos fundamentales recurrirá en tutela urgente ante los órganos competentes de la jurisdicción constitucional.

A Boluarte se le acusa de infringir los artículos 38 y 126 de la Constitución y se le atribuyen la presunta comisión de los delitos de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales y negación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo. Ello por ocupar el puesto de presidenta del consejo directivo del Club Departamental Apurímac.

(Con información de Andina)

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