El Gobierno de Martín Vizcarra insiste en que la Corte Suprema sea la encargada de aprobar la detención o procesamiento de congresistas implicados en delitos. En la actualidad, el propio Congreso es el único que toma esta decisión. El cambio constitucional se debate este martes.
Este martes, la Comisión de Constitución del Congreso de la República debate el proyecto de ley con el que el Ejecutivo pretende generar un cambio en la regulación sobre la inmunidad parlamentaria. De ser aprobada, la iniciativa modificaría el artículo 93 de la Constitución Política, reasignando el control de esta prerrogativa a la Corte Suprema de Justicia.
El Proyecto de Ley N° 4416/2018-PE es parte del paquete de iniciativas del Gobierno de Martín Vizcarra para la Reforma Política. Este fue presentado el pasado 4 de junio, luego de que la misma mesa de trabajo congresal archivara una primera propuesta -tramitada en abril- que iba en el mismo sentido.
¿Qué dice el nuevo proyecto?
El texto propone que el máximo fuero del Poder Judicial sea el que decida sobre quitar o no la inmunidad a un congresista a fin de que sea procesado o detenido. Esto es aplicable a todo legislador que cometa delito desde el momento en el que es electo hasta un mes después de haber dejado el cargo.
En la Constitución vigente, esta aprobación depende únicamente del Pleno o de la Comisión Permanente del Congreso y el debate pasa por un proceso previo dentro de la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria.
El proyecto sugiere, además, un plazo máximo e improrrogable de 30 días hábiles para que la Suprema emita pronunciamiento tras recibir el pedido. Esta solicitud de levantamiento de inmunidad sería emitida por una Sala y finalmente decidida por otra.
“En principio, la idea es que esto parta de una investigación fiscal que considere que debe haber juzgamiento. Pero para juzgar, el juez necesitaría autorización de la Suprema. Sin perjuicio de eso, el Congreso podría dar cuenta del caso, pero esto funcionaría como una denuncia ciudadana”, precisó Ana Neyra Zegarra, ex secretaria técnica de la Comisión de Alto Nivel para la Reforma Política, a RPP Noticias.
Para los congresistas que sean sorprendidos en flagrancia, el tratamiento sería algo distinto. Según el proyecto, aquel parlamentario debería ser detenido sin intervención de la Corte Suprema ni del Congreso de la República. Su procesamiento, entonces, sería impulsado con el previo conocimiento del fiscal de la Nación y desarrollado, como corresponde, en el Poder Judicial.
En el caso de congresistas cuyo proceso penal se haya iniciado antes de su elección, tampoco se requerirá un procedimiento de levantamiento de inmunidad, por lo que su juzgamiento se desarrollará como el de cualquier ciudadano procesado.
Por último, el Pleno tendrá la responsabilidad de decidir la suspensión o no de aquel congresista mientras dure su proceso penal. Para la aprobación de esta sanción, serán necesarios los votos de, por lo menos, dos tercios del número legal de parlamentarios y solo se aplicará en casos de delito doloso cuya pena sea mayor de cuatro años.
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