El congresista de Acción Popular se refirió en una entrevista al proceso legal que enfrenta su colega de bancada,Yonhy Lescano, por el delito de acoso sexual en agravio de una periodista, y afirmó: “Vamos a ver cómo se va a aplicar, porque hasta ahora no se ha aplicado nunca”. Luego de revisar casos precedentes y las respectivas resoluciones judiciales, OjoPúblico concluye que esta afirmación es falsa.
Víctor Andrés García Belaúnde, congresista de la República
Contexto: Entrevista en RPP Noticias
Fecha de la declaración: 6 de marzo del 2019
La declaración específica del congresista Víctor Andrés García Belaunde fue: "El Poder Judicial va a tener que decir si [el caso del congresista Lescano] es o no acoso, si es o no un delito, que además es una norma nueva muy dura, y vamos a ver cómo se va a aplicar, porque hasta ahora no se ha aplicado nunca, no hay ningún caso todavía en proceso de acuerdo a esos parámetro legales".
Hay al menos tres casos que contradicen la afirmación del congresista:
El 1 de octubre del 2018, la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios sentenció a tres años de prisión suspendida al ciudadano Edward Alex Parisaca Puma (22) por el delito de acoso sexual agravado en agravio de la menor de edad de iniciales G.M.B.M (15), conforme al Artículo 176° - B del Código Penal. La sentencia del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata da cuenta de que el delito se realizó por medio de mensajes enviados a través de la red social Facebook.
El proceso se resolvió mediante una sentencia de terminación anticipada debido a que existían suficientes elementos de convicción que probaban el delito, como las actas de visualización de mensajes y conversaciones de los teléfonos del imputado y de la denunciante. Para este caso se realizó la incautación del teléfono del denunciado, donde se verificó que enviaba mensajes a la menor de edad por medio de una cuenta de Facebook con un nombre falso. La condena mencionada incluyó el pago de una reparación civil.
En la misma fecha, el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chimbote, de la Corte Superior del Santa, condenó al ciudadano Luis Ángel Ramírez Valerio por ser “autor del delito contra la libertad sexual en la modalidad de acoso sexual” (Artículo 176° - B del Código Penal). La sentencia de terminación anticipada fue de dos años y seis meses de prisión suspendida y el pago de una reparación civil de S/ 250.
De acuerdo a la sentencia, revisada para esta verificación, el acoso también se produjo a través de mensajes enviados desde un celular. La policía detuvo a Ramírez Valerio luego de verificar que en su equipo telefónico existían mensajes de contenido sexual enviados desde una cuenta de Facebook hacia la agraviada.
El tercer caso detectado a raíz de esta verificación se produjo el 2 de octubre del 2018: la Corte Superior de Justicia de Huaura, emitió también su primera sentencia por el delito de acoso sexual contra Luis Américo Chávez Gonzales. A diferencia de los anteriores, el delito no se produjo a través de mensajes telefónicos, sino que el sentenciado hostigó sexualmente a una mujer de iniciales W.F.V.S. en la intersección de las calles Francisco Rosas y Santa Rosa, en Huacho.
En esta ocasión, la pena fue de dos años y medio de prisión suspendida y la obligación del pago de S/ 500 en favor de la denunciante. Esta resolución de la Corte de Justicia de Huaura fue dada a conocer por medio de sus redes sociales el 16 de octubre del 2018. []
El congresista García Belaunde fue consultado para esta verificación respecto a su declaración, y en primera instancia se mostró sorprendido luego de ser informado por OjoPúblico sobre las sentencias ya existentes en Madre de Dios, Áncash y Huaura, por el delito de acoso sexual, por lo que reconoció que su afirmación había sido imprecisa.
Posteriormente, volvió a comunicarse con nosotros para agregar que se ratificaba en su afirmación. “El concepto es que es un tema nuevo y por tanto es muy difícil sentenciarlo. La idea mía es esa y sigue vigente, es decir no se halla una sentencia de acuerdo a las normas de esa ley (el decreto legislativo sobre el acoso sexual), no hay. Además, si hay en Madre de Dios, no tengo por qué saber lo que pasa en Madre de Dios”, replicó el parlamentario.
Sin embargo, el 11 de octubre del 2018, varios medios de comunicación de Lima difundieron la primera sentencia por acoso sexual emitida en la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios. Esto debido a que fue destacada como una sentencia histórica luego de que se haya incorporado el delito de acoso sexual al Código Penal en setiembre del 2018.
OjoPúblico también consultó con Brenda Álvarez, abogada de la periodista que ha denunciado al congresista Lescano por acoso sexual, quien confirmó que este delito ya ha sido juzgado con anterioridad. “Eso no es verdad. Es el primer caso contra un congresista, pero ya se ha aplicado la ley”, precisó.
En vista de estos elementos, OjoPúblico concluye que la afirmación del congresista Víctor Andrés García Belaunde respecto a que la ley que incorpora el acoso como delito no se ha aplicado nunca y que no hay ningún caso de acuerdo a esos parámetro legales, es falsa.
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