El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 inició un procedimiento sancionador contra el partido Alianza para el Progreso y la congresista Lady Mercedes Camones, candidata al Senado por dicha organización, por una presunta vulneración a la norma que prohíbe la entrega de dádivas en campaña electoral.
El candidato presidencial por Alianza para el Progreso, César Acuña, respondió al Poder en tus manos de RPP sobre el proceso en contra de Lady Camones, candidata al Senado por Alianza para el Progreso y congresista de la República, por el cual también tendrá que responder su partido político.
En la presentación oficial de los voceros de su partido político, Acuña señaló que "En el año 2016 me excluyeron y me excluyeron por las dádivas; en esa época fue injusto porque la ley de dádivas salió en enero y esa ley ya no era para César Acuña porque ninguna ley que se apruebe después de convocadas las elecciones no era aplicable"
En otro momento el candidato presidencial denunció abuso de poder en contra suya por la decisión que lo dejó fuera de carrera en el 2016: "Se reunieron los cinco miembros del Jurado Nacional de Elecciones, yo estaba en segundo o tercer lugar en las encuestas casi como ahora era la expectativa y me excluyeron. Entonces esto tuve que haber sido una lección aprendida. Si algún candidato se equivoca que pague su responsabilidad. Respetamos la ley", señaló el candidato presidencial César Acuña
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 2 inició un procedimiento sancionador contra el partido Alianza para el Progreso (APP) y la congresista Lady Mercedes Camones, por una presunta vulneración a la norma que prohíbe la entrega de dádivas en campaña electoral, en el marco de las Elecciones Generales 2026.
La decisión se sustenta en un informe de fiscalización elaborado por el Jurado Electoral Especial del Santa, que documenta la realización de actividades navideñas dirigidas a niños, en las que se entregó juguetes y otros bienes, algunos de ellos con símbolos y mensajes asociados a APP, durante diciembre de 2025, en distintas localidades de la región Áncash.
Tras ser consultada por El poder en tus manos de RPP, Lady Camones señaló: "Aún no me han notificado con ningún documento, pero todo está en regla. Presentare mis descargos en cuanto me notifiquen", dijo.
Las actividades observadas por la fiscalización electoral
De acuerdo con el informe, la fiscalización se realizó a partir de publicaciones difundidas en la cuenta oficial de Facebook de Lady Camones, en las que se registran al menos tres actividades efectuadas entre el 17 y el 22 de diciembre de 2025, en Monte Chimbote, el asentamiento humano Jerusalén (Nuevo Chimbote) y el distrito de Cáceres del Perú (Jimbe).
En los videos y fotografías analizados se observa la entrega directa de juguetes —como muñecas, pelotas y carros— a niños y niñas asistentes, así como la realización de shows infantiles. En uno de los casos, la fiscalización advierte la presencia de pelotas impresas con el símbolo de APP y el mensaje “Acuña Presidente 2026”, además de globos y elementos propios de un evento proselitista.
"En el marco de las Elecciones Generales 2026, la organización política “Alianza para el Progreso” habría vulnerado el artículo 42° de la Ley n.° 28094, Ley de Organizaciones Políticas, en concordancia con el artículo 8° del Reglamento, al realizar la entrega de juguetes, entre ellos, pelotas de plástico de color azul con el símbolo de la organización política y el mensaje “ACUÑA PRESIDENTE 2026”, muñecas y otros artículos, durante el desarrollo de una actividad proselitista. Dicha actividad se llevó a cabo en el distrito de Cáceres del Perú (Jimbe) y estuvo dirigida a niños, a quienes se les ofrecieron obsequios en el marco de una celebración navideña, incluyendo la realización de un espectáculo artístico con dos bailarinas caracterizadas con trajes alusivos a la Navidad", se concluye en el documento del caso de la candidata y congresista Lady Camones.
¿Por qué estos hechos podrían constituir una infracción?
La normativa electoral prohíbe que, durante un proceso electoral, los candidatos y organizaciones políticas entreguen o prometan entregar dinero, regalos, dádivas u otros bienes de naturaleza económica, ya sea de manera directa o a través de terceros. Solo se permite, de forma excepcional, la entrega de artículos publicitarios o bienes de consumo inmediato, siempre que no superen el 0,3 % de la UIT, equivalente a S/ 16,05.
Según el informe de fiscalización, los juguetes entregados tendrían un valor que oscila entre S/ 3,70 y S/ 20,80, mientras que los espectáculos infantiles contratados superarían ampliamente ese límite, lo que refuerza la hipótesis de una posible vulneración a la ley electoral.
Tras evaluar el informe, el JEE Lima Centro 2 resolvió iniciar el procedimiento sancionador y correr traslado a APP y a Lady Camones para que presenten sus descargos en un plazo de tres días calendario, conforme lo establece el reglamento electoral. La resolución precisa que, de no presentarse descargos, el caso será resuelto con la información disponible en el expediente.
El órgano electoral subraya que esta decisión no implica una sanción, sino el inicio de un proceso administrativo destinado a determinar si los hechos configuran o no una infracción a la Ley de Organizaciones Políticas y a las reglas sobre propaganda electoral.