El especialista en legislación electoral Virgilio Hurtado señaló que el voto digital es "una herramienta importante" que contribuirá a la participación en elecciones de los peruanos residentes en el extranjero.
Los peruanos podrán votan desde el hogar a través de un aplicativo (app) tras la promulgación de la Ley N° 32270 que habilita el voto digital a partir de las elecciones generales 2026. Conforme a la norma, este sistema es equivalente al sufragio por cédula física, sin embargo, pero su uso es voluntario y de aplicación progresiva.
En Ampliación de Noticias, el especialista en legislación electoral Virgilio Hurtado calificó de "saludable" la aprobación de la norma para que los peruanos residentes en el exterior "puedan emitir su voto en las elecciones generales".
"En 2005, el Congreso aprobó una norma para exonerar de multa a los peruanos residentes en el exterior que no podían concurrir al acto de sufragio en las oficinas consulares [...] Pero ello trabajo consigo que se reduzca el nivel de participación electoral de peruanos en el exterior, aproximadamente en un 20% menos de lo acostumbrado. Esta propuesta es una salida saludable porque hay peruanos que quieren participar en el proceso electoral y no tienen los mecanismos", indicó.
"Con el voto digital vamos a tener una herramienta muy importante, pero sí creo que sería bueno que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) empiece por informar cuáles son las opciones [mecanismos] que tiene y con simulaciones", añadió.
Hurtado sostuvo que los simulacros de sufragio que realice la ONPE sobre el voto digital permitirá que los partidos, los observadores y especialistas "podamos ver que tan eficientes y confiables son los mecanismos que van a usar".
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En otro momento, el especialista en materia electoral señaló que, conforme a lo señalado por el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el 12 de abril vence el plazo para que los partidos políticos "puedan obtener su personería legal y así quedas expeditas para participar en la contienda electoral del 2026".
Hurtado consideró que el reglamento del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), en el que se señalaba el día de la convocatoria a elecciones como fecha límite para la inscripción de partidos, debe ser modificado tras lo dispuesto por la máxima instancia de la autoridad electoral.
"La ley concede al ciudadano que, una vez que se publica la síntesis de inscripción de la organización política, tiene 5 días hábiles para presentar tachas. De manera que ese plazo de 12 días, si bien es un tanque de oxígeno, se verá en cada caso si es útil para lograr la inscripción de la organización política", precisó.
Es preciso señalar que, a la fecha, existen 41 partidos políticos habilitados para participar en las elecciones 2026. Mientras que otras 32 están en proceso de inscripción. De este último grupo, al menos 5 se encuentran en la última etapa para lograr su registro.
Consultado sobre el inicio de diligencias preliminares contra partidos políticos, Virgilio Hurtado señaló que el Ministerio Público "debe actuar con responsabilidad" y "debe calificar si lo que se ha denunciado está correctamente subsumido" en las causales de conducta antidemocrática que establece la norma.
"Actuando responsablemente he escuchado a otros colegas que señalan que no habría mérito para una investigación, pero, respetando la institucionalidad, tenemos que, sin interferir en las funciones del Ministerio Público, esperar cuál es el resultado que van a dar esas indagaciones", expresó.
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