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Elección del Parlamento Andino podría anularse si se aplica ley electoral

Si se anula la elección del Parlamento Andino tendría que convocarse a otra en un plazo menor a 90 días | Fuente: RPP

Según los últimos reportes de la ONPE los votos blancos y nulos suman más de dos tercios de los votos válidos, condición establecida para anular una elección.

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La ley electoral establece que una elección debe ser totalmente anulada si el porcentaje de los votos blancos, nulos o viciados supera los dos tercios de los votos válidos, un escenario que parece posible en el caso de la elección del Parlamento Andino a la luz de los últimos reportes de la ONPE.

Según el organismo electoral, al 87.14% de las actas contabilizadas, la suma de los votos blancos o nulos superan los 7 millones y los validos apenas pasan los 9 millones.

ONPE - PARLAMENTO ANDINO AL 87.14%
Total de votos válidos9,099,644
Votos en blanco4,315,282
Votos nulos 2,950,764
Total de votos emitidos 16,365,670


En cumplimiento estricto de la ley, el proceso de elección de los representantes al Parlamento Andino debería ser anulado y convocarse a nuevas elecciones en un plazo no mayor de 90 días tras la invalidación de esa elección.

RPP Noticias conversó con dos especialistas en temas constitucionales y electorales sobre esta posibilidad y si hay alguna salida para evitar que se concrete.

Contradicción entre la Constitución y la ley

José Tello Alfaro, experto en derecho constitucional, indicó que existe una contradicción entre la Ley Orgánica de Elecciones y lo que dice la Constitución sobre la nulidad de los procesos electorales.

Explicó que según el artículo 184 de la Carta Magna, solo se puede anular una elección cuando los votos en blanco, nulos o viciados superan los dos tercios de los votos emitidos y no los válidos como establece la ley electoral.

En ese sentido, indicó, que si se toma en cuenta lo que dice la Constitución, la elección del Parlamento Andino no podría ser anulada, pues según datos de la ONPE, los votos emitidos superan los 16 millones.

"Si nos vamos a la Constitución aplicamos dos tercios de 16 millones, y si nos vamos a la ley orgánica de elecciones aplicamos dos tercios respecto a los 9 millones de los votos validos, esa es la diferencia", explicó.

Esto es lo que dice la dice la Ley Orgánica de Elecciones sobre la condiciones para anular una elección.
Esto es lo que dice la dice la Ley Orgánica de Elecciones sobre la condiciones para anular una elección. | Fuente: RPP

¿Qué hacer para evitar que se anule la elección?

En opinión de Tello Alfaro, este tema debería ser resuelto respetando la jerarquía de la Constitución para evitar que se convoque a un nuevo proceso electoral.

"Nos tenemos que quedar con la Constitución, por una cuestión muy sencilla, es una aplicación de la norma constitucional por jerarquía y además también es un tema que está vinculado con la conservación del voto, que también está contemplado en la Ley Orgánica de Elecciones"

JNE haría prevalecer el artículo 184

El experto en derecho electoral, José Manuel Villalobos, indicó que según la ley las elecciones del Parlamento Andino deberían anularse; sin embargo, estimó, que el JNE optará por aplicar la norma constitucional que establece como referencia los votos emitidos.

"En este momento esos 7 millones de votos blancos y nulos estarían superando los dos tercios (de los votos válidos) y por lo tanto el Jurado Nacional de Elecciones debería anular la elección (...) pero yo intuyo que el jurado va a hacer prevalecer el artículo 184 de la Constitución porque la Carta Magna está por encima de todas las leyes", afirmó.

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