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Aprueban tercer tramo de incremento de haberes para jueces y fiscales

Palacio de Justicia
Palacio de Justicia | Fuente: RPP | Fotógrafo: Darío Torres

Se considera que, cumplido los tres tramos, un juez superior titular gane 18,573 soles; un juez especializado titular 14,394 soles; y un juez de paz letrado titular 9,286 soles.

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El Ministerio de Economía aprobó el tercer y último tramo del incremento progresivo de haberes para jueces y fiscales, según dos decretos supremos publicados este sábado en una Edición Extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano.

Dicha disposición comprende la aplicación de la trigésima séptima  disposición complementaria final de la Ley 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, a favor de los presidentes de junta de fiscales y de cortes superiores de justicia.

Se considera de esta manera un monto diferenciado a favor de dichas autoridades en lo que corresponde a la bonificación jurisdiccional y al gasto operativo por función.

Este incremento para los fiscales, según el Decreto Supremo Nº 401-2015-EF publicado este sábado, se financia con cargo al presupuesto institucional del pliego 022 del Ministerio Público.

Para el caso de los jueces, el Decreto Supremo Nº 402-2015-EF, el aumento se financia con cargo al presupuesto institucional del pliego 004 del Poder Judicial.

Ambas normas llevan las rúbricas del Presidente Ollanta Humala Tasso y del ministro de Economía, Alonso Segura.

El primer tramo del aumento de haberes para jueces se dio en diciembre de 2013, y se considera que, cumplido los tres tramos, un juez superior titular gane 18,573 soles; un  juez especializado titular 14,394 soles; y un juez de paz letrado titular 9,286 soles.

También en diciembre se dio el primer aumento para fiscales, y lo proyectado para el último tramo implica haberes de 18,573 soles para un fiscal superior titular y fiscal adjunto supremo titular; 14,394 para un fiscal provincial titular y fiscal adjunto   superior titular; y 9,286 para un fiscal adjunto provincial titular.

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