En esta resolución a la que ha tenido acceso el RPP, el Tribunal Constitucional precisó a que la Fiscalía de la Nación se encuentra habilitada solo para realizar actos de investigación que resulten "urgentes, inaplazables, estrictamente necesarios" en investigaciones seguidas a presidentes de la Republica durante el ejercicio de sus funciones.
El Tribunal Constitucional (TC) precisó a través de una resolución que la Fiscalía de la Nación se encuentra habilitada solo para realizar actos de investigación que resulten "urgentes, inaplazables, estrictamente necesarios" en investigaciones seguidas a Presidentes de la Republica durante el ejercicio de sus funciones.
El TC precisó los alcances de la sentencia que emitió dicha institución el último 10 de julio respecto a la demanda competencia que presentó el Poder Ejecutivo para establecer limites a las investigaciones fiscales seguidas a un presidente de la República en el ejercicio de sus funciones.
A través de una resolución a la que tuvo acceso RPP, el máximo intérprete de nuestra Carta Magna aclaró de oficio el fundamento 136 de su sentencia para precisar que "la Fiscalía de la Nación se encuentra habilitada solo para realizar aquellos actos de investigación que resulten urgentes, inaplazables, estrictamente necesarios y siempre que las circunstancias del caso concreto lo ameriten y respetando además la dignidad del cargo presidencial".
El Tribunal Constitucional indica que "dicha precisión resulta oportuna, pues de lo contrario se podría asumir equivocadamente que el Ministerio Público se encuentra habilitado para que indefinidamente realice dichas diligencias en perjuicio del primer mandatario, las cuales terminarían por desvirtuar la lógica que subyace en la sentencia constitucional que, precisamente, tuvo como finalidad la protección presidencial de la institución presidencial".
En esta resolución, el Tribunal Constitucional declaró "improcedente" la solicitud que hizo la defensa legal de la presidenta Dina Boluarte para que se realice una aclaración respecto a los alcances de esta sentencia en la que se determinó la suspensión de las investigaciones que afronta la mandataria en el Ministerio Público hasta que culmine su mandato en julio del 2026.