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Referéndum 2018: ¿qué pasa si no participo en las elecciones y no pago la multa?

El referéndum y la segunda vuelta regional se realizan este domingo 9 de diciembre.
El referéndum y la segunda vuelta regional se realizan este domingo 9 de diciembre. | Fuente: Foto: Andina

El JNE recordó que las multas por no votar van desde los 20,75 a los 83 soles. Para los miembros de mesa que no cumplan con su deber se establece el pago de 207,5 soles.

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Este domingo 9 de diciembre se realiza el referéndum sobre las cuatro reformas impulsadas por el Gobierno, así como la segunda vuelta de las elecciones regionales. Quienes no acudan a votar o a cumplir con su deber como miembro de mesa se harán acreedores a una o incluso dos multas en caso no cumplan con las dos obligaciones.

¿Qué pasa si no pagas tu multa?

- No podrás inscribir cualquier acto relacionado con tu estado civil (matrimonio, divorcio, viudez, etc).

- No podrás intervenir en procesos judiciales o administrativos.

- No podrás realizar actos notariales ni firmar ningún tipo de contrato.

- No podrás ser nombrado funcionario público.

- No podrás inscribirte en cualquier programa social y/o obtener brevete.

- No podrás salir del país.

Otro dato importante es que si no pagas tu multa el JNE puede iniciar un proceso de cobranza coactiva, en donde pueden embargar tus cuentas bancarias y otros.

Cabe mencionar que para este proceso electoral están llamados 24 millones 373, 821 electores. Participarán 963,978 electores nuevos, todos ellos jóvenes que cumplirán 18 años desde el 8 de octubre hasta el 9 de diciembre de 2018, además de los electores en el extranjero que no votaron en elecciones regionales y municipales del 7 de octubre.



Las multas por no votar

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó que los ciudadanos que no concurran a votar este domingo 9 de diciembre se harán acreedores a una multa de hasta 83 soles y de 207.5 soles en el caso de ser miembros de mesa y no asistir o negarse a desempeñar dicho cargo.

De acuerdo con la resolución N° 3222-2018-JNE, publicada el 5 de octubre último, la tabla de multas electorales se actualizó sobre la base de una clasificación por localidad y nivel de pobreza elaborada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y conforme a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).

Dicha tabla precisa que se impondrá la multa de 83 soles a los omisos al sufragio en las circunscripciones consideradas no pobres (2 por ciento de la UIT, este año fijada en 4 150 soles).

En tanto, si los electores se encuentran en distritos catalogados como pobres no extremos, deberán cancelar 41.5 soles (equivalente a 1% de la UIT), mientras que los de distritos de pobreza extrema deberán abonar 20.75 soles (0.5% de la UIT).

Las multas por no ser miembro de mesa

En cuanto a los miembros de mesa, titulares y suplentes, que no cumplan con su deber cívico electoral, la multa única es de 207.5 soles (equivalente al 5% de la UIT vigente). A los electores que se nieguen a integrar las mesas de sufragio se les aplicará el mismo monto.

Si un miembro de mesa, titular o suplente, no acude a cumplir su deber y tampoco vota, se le impondrá ambas multas electorales por las omisiones generadas en el proceso electoral.

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