El juez Richard Concepción Carhuancho precisa que los fiscales tienen la potestad de cerrar una investigación preparatoria cuando consideren que ya se cumplió el objetivo de esta etapa procesal.
El juez Richard Concepción Carhuancho declaró improcedente el pedido de la defensa legal del expresidente Alejandro Toledo para reabrir la investigación preparatoria que se le siguió por el caso de la Carretera Interoceánica Sur, tramos II y III, vinculado a Odebrecht.
A través de un recurso de tutela de derechos, la defensa legal de Toledo Manrique solicitó que se anule la resolución del fiscal José Domingo Pérez Gómez en donde se dispone la conclusión de esta investigación preparatoria.
El abogado del exmandatario argumentó que Pérez Gómez cerró esta investigación antes del plazo programado, dejando pendientes de realizar diligencias ya programadas en este caso. No obstante, el juez Concepción Carhuancho desestimó esta solicitud al sostener que no se puede plantear una tutela de derechos después del cierre de una investigación preparatoria y también que no se puede utilizar este recurso para anular una disposición fiscal.
Remarcó además que, los fiscales tienen la potestad de concluir una investigación preparatoria cuando consideren que ya se cumplió el objetivo de esta etapa procesal. Concepción Carhuancho precisó además que la defensa legal de Alejandro Toledo puede presentar las pruebas que estime pertinente durante la etapa intermedia de este caso que es la del control de acusación fiscal.
La fiscalía mostró su conformidad con la decisión adoptada, en tanto, la defensa legal del exmandatario apeló el fallo para que sea revisado por la instancia superior. El fiscal José Domingo Pérez Gómez solicitó 20 años y 6 meses de prisión contra Alejandro Toledo al acusarlo por los presuntos delitos de lavado de activos y colusión dentro de este caso.
NUESTROS PODCASTS
‘Entrevistas ADN’. En este programa, Walter Gutiérrez dijo que la ley de devolución de aportes de la ONP no sería aplicada, así el Congreso insista en su aprobación, por los plazos que requiere y si antes el Tribunal Constitucional emite su decisión.
Comparte esta noticia