Rosa Mavila, exjefa del INPE y excongresista, señaló que los jueces deberían explicar el criterio que declaró fundado un habeas corpus que permitió la excarcelación de quien sería cabecilla de 'Los Pulpos'.
El pasado martes, Jhon Cruz Arce, alias "Jhon Pulpo", sindicato por la Policía de ser uno de los cabecillas de la banda criminal "Los Pulpos", salió en libertar tras permanecer recluido en el penal de Challapalca 17 de los 25 años que se le impuso por el delito de homicidio.
Tras hacerse pública la noticia, desde diversos escenarios de la opinión pública se criticó que una persona que sería cercana a una de las organizaciones criminales más avezadas que opera en el Perú y Chile haya sido excarcelada, luego de que el Poder Judicial declarara fundado un habeas corpus a su favor.
En ese sentido, a través de un pronunciamiento, la Corte Superior de Justicia de Tacna indicó que la Sala Penal de Apelaciones que falló a favor de Cruz Arce "no ordenó la excarcelación", sino que dispuso que el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) "emita una nueva resolución directoral" que resuelva el pedido de su defensa legal para que se le otorgue beneficios penitenciarios acordes a la norma "vigente al momento en que la sentencia condenatoria adquiere firmeza".
Al respecto, el INPE, a través de un comunicado, señaló que la Sala de Apelaciones "revocó la sentencia de primera instancia que declaró improcedente la demanda de hábeas corpus [...] y, reformándola, [la] declararon fundada".
"En consecuencia, declaran nula la resolución que decidió no otorgar libertad y ordena que se emita una nueva resolución directoral", de modo que se "contabilice la redención de pena a razón de un día de pena por dos días de trabajo o estudio (2x1), conforme así lo regulaba el art. 44 del Código de Ejecución Penal vigente al momento en que la sentencia condenatoria del interno adquirió firmeza". Por ende, "correspondía dar por concluida su pena".
Al respecto, Rosa Mavila, exjefa del INPE y excongresista, en diálogo con RPP, consideró que este cruce de argumentos entre ambas entidades "expresa la no conexión que debe haber, interinstitucionalmente, en la política criminal".
"Yo, honestamente, creo que todas las aproximaciones unilaterales, tanto del INPE como del Poder Judicial, son eso, unilaterales; porque, en el fondo, no hay una política de Estado que la puedo resumir en una sola pregunta: ¿va a ser parte de nuestra política criminal el adelantamiento de la salida de personas vinculadas a delincuencia organizada? ¿Sí o no? O nuestra política criminal, levantando no solo ya el principio de prevención, sino el de eficacia, ¿va a impedir, así como a delincuentes terroristas, que gente directamente implicada en delincuencia organizada salga adelantando su etapa de cumplimiento de prisión efectiva?", inquirió.
¿Se aplicó correctamente el beneficio penitenciario que permitió la excarcelación?
Mavila León sostuvo que "la concesión de beneficios penitenciarios no es una obligación ni de la autoridad administrativa ni de la autoridad jurisdiccional", sino "una facultad discrecional", que tanto el INPE como el Poder Judicial pueden negar, aunque con la obligación de explicar sus razones.
"Las normas penales no son un absoluto y la ciencia penal no es solo derecho penal, ni procesal, ni de ejecución penal, es también criminología, la sociología del control penal, victimología, políticas preventivas en la que, en la ciencia penal, no aplica solo criterios de protección, sino también criterios de eficacia, de indubio pro societatis", explicó.
"¿Cómo vamos a dar libertad a alguien que no habrá sido secuestrador ni extorsionador como su segunda y tercera generación de la banda de 'Los Pulpos', pero es un feminicida? Es alguien que mató a su pareja porque tenía otra pareja. ¿Con qué criterio la autoridad penitenciaria habría decidido enviarlo a Challapalca y no a un penal de Lima, si no fuera una persona de alto riesgo de lesividad?", agregó.
En ese sentido, la exparlamentaria consideró que "hay que investigar" lo resuelto por el Poder Judicial por tres razones.
"En primer lugar, es un hecho público que desde Challapalca se estaban comunicando, por vía de corrupción, gente vinculada a la criminalidad organizada [que] estaba dando dirección a la delincuencia organizada no solo del Perú, sino de Chile, a la delincuencia transnacional. Y es altamente probable que el liberado haya sido parte de esa comunicación de delincuencia organizada. Había un problema de corrupción en el penal de súper ultra máxima seguridad como Challapalca", indicó.
"En segundo lugar, es un indicio que el Poder Judicial no podía dejar de evaluarlo. De otro lado, en los últimos tiempos, ya por conexión, ha habido videos en que policías salen en spa con los miembros más reconocidos de la familia de Los Pulpos en el norte del país. Pero, en tercer lugar, está el tema bien pragmático de que el fallo judicial que ordena la liberación -porque el INPE optó por el seis por uno- es el Poder Judicial que corrige y le impone el dos por uno, cuando el Poder Judicial -las leyes penitenciarias así lo establecen- tiene la prerrogativa de convocar al que pretende liberarse y hacerle una entrevista, cosa que, en este caso, para mí, era lo elemental para calibrar más o menos en qué idiosincrasia está, en qué nivel de reintegración social está", explicó.
La jurista indicó que el fallo judicial le pareció "escandaloso cuando dice [que] en el día se le debe liberar" "¡Qué garantistas con la delincuencia organizada y qué hiper punitivos, a veces, con delincuencia de bagatela!", remarcó.
"¿Alguien puede pensar en su [sano] juicio que este señor, que fue la primera generación de 'Los Pulpos', no está liderando lo que es la iniciativa transnacional de 'Los Pulpos' en el Perú y en Chile? ¿Alguien puede pensar que eso no es así? En su sano juicio, nadie puede pensar eso", subrayó.
"Entonces, aquí está el criterio también de prevención político-criminal, de prevención del riesgo para la sociedad. Está el tema de la eficacia político-criminal. Y por eso yo sí creo que el beneficio penitenciario no debió aplicarse automáticamente, como si fuera padre nuestro. Creo que los jueces deben retirarse explicando por qué, en ese caso excepcional, se retiran de la jurisprudencia que es hegemónica. Y a mi juicio eso abonaría a un estatuto de legitimidad política del Poder Judicial, legitimidad que está en cuestión en el último momento, a propósito de la naturaleza de estos fallos", puntualizó.