La Fiscalía sostiene que Fernando Olivera habría realizado gestiones para levantar las observaciones que presentó la Contraloría durante el control previo de la obra, con el fin de que se proceda a la firma de los contratos de las empresas que ganaron la concesión de estos tramos de la carretera Interoceánica Sur.
El Poder Judicial rechazó, en segunda instancia, el pedido del exministro Fernando Olivera para que se archive el delito de colusión agravada que le atribuye la Fiscalía a raíz del caso de la carretera Interoceánica Sur, tramos II y III, vinculado a la multinacional Odebrecht.
Esto debido a que la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional confirmó la resolución que emitió el juez Jorge Chávez Tamariz, el último 6 de marzo, en la que declaró infundado un recurso de excepción de improcedencia de acción que presentó Olivera Vega.
La sala superior determinó que en la resolución apelada “no se vulneró el principio de legalidad penal, toda vez que la conducta atribuida al recurrente, calza en el delito que se le atribuye, pues habría contribuido para levantar las observaciones efectuada por la Contraloría al contrato entre el Estado y la empresa Odebrecht, como consecuencia del pacto que habría realizado el expresidente Alejandro Toledo Manrique con funcionarios de Odebrecht a fin de favorecerlos en los proyectos que se suscribieron con Provías, entre ellos este proyecto que es materia del presente incidente”.
“En otros términos, los hechos que se atribuyen al recurrente configuran complicidad en la comisión del delito de colusión agravada. Por tanto, la resolución venida en grado debe ser confirmada por nuestros fundamentos”, precisó el tribunal superior en una resolución, a la que tuvo acceso RPP, emitida el último 13 de agosto.
Sobre los argumentos de la defensa legal de Fernando Olivera referidos a la falsedad de la imputación contra su patrocinado ya que no conocía dicho pacto colusorio, el colegiado superior precisa que ello “no puede ser objeto de evaluación en una incidencia de excepción de improcedencia de acción. Aspecto que en todo caso quedará debidamente esclarecido cuando se actúe y valore prueba en la estación procesal correspondiente”.
LA RESOLUCIÓN APELADA
La defensa legal de Fernando Olivera pretendía que en el caso de su patrocinado se hiciera extensivo los alcances de una resolución que emitió la Corte Suprema en febrero del 2023 en la que acogió un recurso de casación que presentó el abogado Juan Monroe Gálvez para que se archive el proceso penal que afrontaba por este caso bajo el argumento que no era funcionario público de los órganos del Estado vinculados a esta contratación
También sostenía que la conducta de su defendido y dicho abogado son posteriores a la realización del pacto colusorio, por lo que sus conductas son neutrales y resaltó que el nombramiento de Fernando Olivera en ese entonces como embajador de Perú en España fue de carácter político, que no desempeñó ninguna función pública en el Perú, menos en entidades como Proinversión vinculado a contrataciones públicas.
No obstante, el juez Chávez Tamariz determinó que no existen razones válidas para que se ampare el pedido de Fernando Olivera al establecer que sí tuvo la condición de funcionario cuando se desempeñó como embajador del Perú en España, por lo que, según el artículo 39 de nuestra Constitución Política, se le impone el deber que está al servicio de la Nación y no de intereses particulares como en el presente caso, según la imputación fiscal de la empresa transnacional Odebrecht.
El magistrado remarcó también que la Fiscalía le atribuye que cumplió el objetivo expresado por el entonces presidente Alejandro Toledo de destrabar el proyecto de la carretera Interoceánica Sur al comunicarse con el contralor general de la República, quien le manifestó que se había detectado en el proyecto Corredor Vial Interoceánica Sur Perú - Brasil que el costo de la obra estaba sobrevalorado al cien por ciento en comparación a las obras de Provías para que pudieran levantarse las referidas observaciones y, como lo ha manifestado la Fiscalía, sin el cual no hubiera sido posible la suscripción de los contratos de concesión de los tramos II, III y IV del proyecto Irssa Sur.
Fernando Olivera es investigado junto a otros 10 exministros del gobierno de Alejandro Toledo por este caso, entre los que se encuentran los expresidentes del Consejo de Ministros Pedro Pablo Kuczynski, Carlos Ferrero y René Cornejo, así como los entonces ministros Javier Sota Nadal, Manuel Rodríguez Cuadros, José Ortiz, Alfonso Velázquez y otros.
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