La sala presidida por el juez supremo César San Martín escuchará ese día los argumentos de las partes procesales involucradas a fin de emitir una decisión final en los próximos días.
La suerte del exministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Geiner Alvarado, quedó en poder de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, que este martes 5 de agosto evaluará si ordena o no que sea excluido de la investigación preparatoria que se le sigue junto al expresidente Pedro Castillo por el presunto delito de organización criminal en agravio del Estado.
En una audiencia virtual a realizarse desde las 9:00 a. m. el tribunal supremo analizará el recurso de apelación que presentó Alvarado López para que se revoque la resolución que emitió el juez supremo Juan Carlos Checkley, el 22 de noviembre del 2024, en la que declaró infundado el recurso de excepción de improcedencia de acción que presentó su defensa legal para ser excluido de esta investigación preparatoria amparándose en las leyes 32108 y 32138 sobre crimen organizado.
La defensa legal de Geiner Alvarado demanda que se revoque la decisión apelada a fin de que se declare fundada dicha excepción y ordene el sobreseimiento o archivo del presente proceso, tras alegar que la resolución recurrida vulneró, el principio de igualdad en la aplicación de la ley, ya que se apartó de lo establecido en dos pronunciamientos emitidos por la Corte Suprema y también vulneró el derecho a la motivación de las resoluciones judiciales, entre otros argumentos.
Ante ello, la sala presidida por el juez supremo César San Martín escuchará ese día los argumentos de las partes procesales involucradas a fin de emitir una decisión final al respecto en los próximos días.
Geiner Alvarado afronta bajo mandato de prisión preventiva en el Penal Miguel Castro Castro esta investigación preparatoria que acumula los casos Petroperú, Provias Descentralizado - Puente Tarata y Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
La resolución apelada
La defensa legal de Geiner Alvarado sostiene que la modificación de las normas, incluyendo la Ley 32138 supone un cambio de situación jurídica radical e importante que imposibilita la viabilidad de la calificación de organización criminal en el caso concreto por lo que solicita que se declare fundada la excepción de improcedencia de acción y se disponga el archivo definitivo de los actuados.
No obstante, el juez supremo Checkley Soria rechazó aplicar estás leyes aprobadas en el Congreso de la República al determinar que, según la hipótesis fiscal, se verifica que Alvarado López, no solo participó de organización criminal, sino que de modo expreso realizaba las acciones operativas que le fueron encomendadas, en su caso como ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y para ello fue que su actuación tuvo lugar para que se puedan llevar adelante los proyectos señalados como parte del proceso de adjudicación y otorgar la buena pro a las empresas que beneficiarían a la organización, que según Fiscalía, fuera liderada por Castillo Terrones.
"La tesis fiscal se reafirmaría con los nuevos elementos de convicción recopilados y que fueron expuesto en la revisión de la prisión preventiva y que la Fiscalía de forma oral trajo a colación en esta audiencia; por lo que no tiene sustento lo argumentado por la defensa, por lo que no es pertinente en esta etapa la revisión de la imputación necesaria que solicita pues requiere actividad probatoria; conforme ello deviene en infundada la excepción de improcedencia de acción planteada por la defensa" precisó el magistrado en su resolución emitida el último 22 de noviembre a la que tuvo acceso RPP.