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Ugaz: La sentencia contra Acosta impide que podamos gozar de nuestro derecho a la libertad de información

José Ugaz, abogado penalista
José Ugaz, abogado penalista | Fuente: RPP

El abogado penalista José Ugaz afirmó que Christopher Acosta cumple con el 'reporte fiel' tras identifcar sus fuentes y cuestionó al juez Raúl Vega por exigir al periodista de verificar la veracidad de lo dicho por sus fuentes.

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El abogado penalista José Ugaz afirmó que la sentencia condenatoria contra el periodista Christopher Acosta y el editor Jerónimo Pimentel por difamación agravada contra César Acuña por el libro 'Plata como Cancha' impide que la ciudadanía pueda gozar del derecho de la libertad de información.

En entrevista con el programa Nada está Dicho, de RPPJosé Ugaz afirmó que Christopher Acosta cumple con el "reporte fiel" tras identifcar sus fuentes y cuestionó al juez Raúl Vega, del 30 Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia de Lima, por exigir al periodista de verifcar la veracidad de lo dicho por sus fuentes.

"Cuando ocurre una sentencia condenatoria, como la que es materia de comentario ahora, no estamos hablando solamente de la afectación que esto implica para el periodista o el autor del libro, Christopher Acosta en este caso, sino que señala la jurisprudencia y doctrina universal nos afecta a todos los ciudadanos que tenemos el derecho a ser informados y a buscar información. Una sentencia como esta impide que podamos gozar de nuestro derecho a la libertad de información en el ámbito de la recepción y busqueda de información", dijo.

Doctrina NYT vs Sullivan y Campillay

José Ugaz indicó que desde el caso del New York Times contra Sullivan (1964), donde se consagra la doctrina de la real malicia, se considera que quien copia una frase, un texto o una afirmación y señala quién es el autor de esas afirmaciones, termina su deber de diligencia en ese punto. Explicó también que la real malicia significa que cuando uno informa sobre alguien de interés público puede incluso usar "términos duros o dolorosos" sin ánimos de denigrar.

"Si la información es falsa, dudosa o no se corresponde con la realidad, eso no es responsabilidad de quien reporta fielmente la afirmación que proviene de una fuente identificada", expresó el exprocurador anticorrupción .

Además, José Ugaz señaló que existe también la doctrina Campillay (1986), que se desarrolló en Argentina siguiendo la tradición del New York Times versus Sullivan, donde se recoge el principio que no se puede exigir verificar la veracidad e idoneidad de lo que dice la fuente.

Criterios de la Corte Suprema

José Ugaz afirmó que uno de los temas más trabajados en la doctrina penal es la colisión de la libertad de información con el derecho al honor, al punto que la Corte Suprema de Justicia tiene el acuerdo plenario N°003 donde se desarrolla este tema.

"¿Qué dice la Corte Suprema en estos casos. Para que prime la libertad de información sobre el derecho al honor tiene que concurrir tres elementos. Primero, que quien es objeto de la información sea una persona de interés público. Dice la Suprema que el segundo elemento es que el informante haya actuado, me refiero al periodista o el autor del libro en este caso, con la diligencia debida. No le pide que se sujete al principio de verdad, sino de veracidad, que quiere decir que uno debe haber actuado sin menosprecio a la verdad con la diligencia periodística con la que dispone en ese momento (...) de citar fielmente el discurso, la frase, la información con la gente adecuada. Y el tercer criterio es que no esté actuando con un claro menosprecio por la dignidad a la persona con la que se refiere, en otras palabras: que no haya insultos", aclaró.

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