La defensa legal de Keiko Fujimori solicitó archivar el caso al considerar que su defendida no cometió el delito de lavado de activos. De ser negado el pedido, se continuará con el camino hacia el juicio oral público.
El Poder Judicial resolverá este lunes, 12 de setiembre, si se archiva o no la acusación en contra de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, por el delito de lavado de activos. Para este caso, la Fiscalía de la Nación decidió incluir también a Jaime Yoshiyama, Pier Figari, Ana Herz, José Chlimper, Augusto Bedoya y Adriana Tarazona.
El juez de investigación preparatoria, Víctor Zúñiga, será encargado de evaluar los argumentos presentados por Giulliana Loza Ávalos, abogada de Fujimori. La jurista menciona que su defendida y los demás involucrados no cometieron el delito de lavado de activos que se les atribuye durante las campañas presidenciales de 2011 y 2016.
El pedido de la defensa fujimorista se realizó dentro del marco de las audiencias de Control de la Acusación, un paso previo para pasar a juicio oral público que tendrá que evaluar el juez Zúñiga.
¿Qué argumenta la defensa de Fujimori?
La abogada Giulliana Loza señala que se requiere un delito fuente para configurar el delito de lavado de activos; es decir, un acto ilícito que produzca una ganancia indebida para, posteriormente, gozar de su beneficio. Además, precisa que no cualquier ilícito puede ser considerado delito fuente, sino debe ser uno grave como narcotráfico, terrorismo, corrupción, secuestro, extorsión, defraudación tributaria, entre otros.
Respuesta de la Fiscalía
Ante los argumentos de la defensa fujimorista, el fiscal José Domingo Pérez apeló a una sentencia de la Corte Suprema que indica que el fraude en la administración de persona jurídica puede, en efecto, considerarse como un delito fuente en casos de lavado de activos. Además, recordó los casos de Abimael Guzmán y Alberto Fujimori sentaron jurisprudencia sobre la autoría mediata en los delitos de crimen organizado.
Comparte esta noticia